miércoles, junio 04, 2025

Edel González Giménez sobre el rescate del delito de sabotaje en Cuba: el castrismo se refugia una vez más en una de las infracciones castigadas con más severidad en el Código Penal.

El rescate del delito de sabotaje en Cuba: más severidad ante una situación política tensa

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El castrismo se refugia una vez más en la amenaza de una dura represalia, apelando a una de las infracciones castigadas con más severidad en el Código Penal.

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Por Edel González Giménez

Madrid

 04 junio 2025 

El anuncio del Tribunal Supremo Popular de Cuba de que los actos vandálicos que, según la propaganda oficial, se están produciendo en el país serán castigados como delitos de sabotaje, aplicando incluso como sanción la pena capital, implica que este se consolida finalmente como figura penal clave en Cuba. 

El Tribunal Supremo Popular de Cuba emitió el Dictamen No. 475, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 29, del 29 de mayo de 2025, ordenado a los jueces cómo conocer, tramitar y resolver asuntos asociados a actos diversos, considerados como "vandálicos", sin detenerse en las consideraciones sobre el contenido de la intención; es decir, en la acción inequívoca de sabotear infraestructuras y medios públicos cubanos para dañar. 

El documento, aunque lo exprese, no responde a consultas de jueces provinciales preocupados por los "criterios dispares con los que distintos tribunales han calificado actos similares", que van desde daños a infraestructuras de transporte y comunicaciones hasta robos, sino a un llamado del Ministerio del Interior y del Partido Comunista a contener la inconformidad y los delitos de sobrevivencia que abundan en la Isla.

El dictamen establece una práctica uniforme e implica como mandato obligatorio, so pena de castigo, que:

•    Tales hechos deben juzgarse como sabotaje intencional, incluso bajo dolo eventual, si el autor previó las consecuencias.

•    Primará la prisión provisional para los acusados, atendiendo a la gravedad de los hechos.

•    Se priorizará la celeridad en estos procesos judiciales y se impondrán duras condenas, incluyendo restricciones de salida del país, confiscación de bienes y limitaciones severas en los derechos a obtener beneficios penitenciarios de libertad condicional.

•    Se desarrollarán juicios ejemplarizantes, coordinados con autoridades locales, como forma de respuesta.

•    Se divulgarán estos casos en los medios de comunicación, con fines disuasorios.

El delito de sabotaje, por su complejidad, lleva un plan de realización y un propósito especial de índole política que rebasa el simple vandalismo, así como cualquier evento o motivación dañina surgida al calor de un escenario de protesta o descontento social.

En este caso, no ha de importar en exclusivo el resultado del daño, fundamento central del Dictamen, sino el propósito de la acción delictiva, cuestión en la que no se abundó, para en cambio dar espacio a la arbitrariedad, a la práctica de represión. Esta omisión esencial implica, de facto, contener el descontento político, económico y social en aumento a través del uso del Derecho Penal, obviándose las formas de prevención.

-La decisión del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, ciego a las causas políticas, económicas y sociales de la crisis que vive la Isla, supone seguir apostando por la represión en vez de por la verdadera gestión y entrega de justicia social que merece y demanda la población. 

El Tribunal Supremo en este caso, como en otros muchos previos, no responde a los intereses del pueblo, sino a los de gobernar mediante la cárcel: el terror que impone el uso descontextualizado del Derecho Penal.

La élite del poder, imposibilitada de prestar servicios básicos con sistematicidad y seguridad, sin voluntad de gobernar mediante mecanismos de participación inclusiva democrática para responder y solucionar las demandas ciudadanas insatisfechas, se refugia en el delito de sabotaje, regulado entre los más severos en el Código Penal cubano.

En medio de un escenario de prohibición del ejercicio de las libertades de expresión, prensa, reunión y manifestación, los actos materiales de protesta crecen, porque implican para el ejecutor mayor seguridad, y deben ser interpretados como un mensaje ciudadano de inconformidad y descontento con la gestión fallida del Estado y Gobierno del país.

Si se autorizan y promueven las protestas cívicas y se da respuesta a las demandas planteadas en ellas, decrecerán considerablemente los llamados actos de vandalismo social. Si los servicios de transportación, comunicación y de electricidad se estabilizan y resultan accesibles, decrecerán los daños a dichos sectores; si el salario nominal y real logra satisfacer necesidades básicas de alimentación, vestimenta, transportación y salud, decrecerán los delitos de sustracción, de desvío de recursos, así como los de daños por el descontento social en crecimiento.

Sin embargo, con la decisión del Tribunal Supremo, estamos ante un mensaje claro: se impone la severidad en medio de una tensa situación política, económica y social. Aunque pueda leerse de otra manera, estamos ante un nuevo ingrediente para el caldo de cultivo del probable estallido social.

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Daniel Benitez News

4 de junio, 2025

ATTENTION: Cuba activates the death penalty for these crimes amid popular discontent on the island.



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