Marlene Azor Hernández: Violaciones de Derechos Humanos en Cuba (VI). Ningún derecho es reivindicable ni justiciable dentro de Cuba
Violaciones de Derechos Humanos en Cuba (VI)
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Ningún derecho es reivindicable ni justiciable dentro de Cuba
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Por Marlene Azor Hernández
Ciudad de México
02/10/2018
Ser Estado parte de un Convenio internacional de derechos humanos, obliga al gobierno a presentar un informe cada cuatro años a los Comités correspondientes de la ONU, que evalúan el estado de cumplimiento e incumplimiento de los compromisos contraídos ante las Naciones Unidas.
El Gobierno cubano se distingue por violar este reglamento y presenta sus informes cuando lo estima conveniente y por largo períodos no informa sobre el cumplimiento del Convenio de que se trate. Los Comités evaluadores y las ONG internacionales resaltan lo tardío del Gobierno cubano en entregar sus informes y conclusiones, ante los Comités y ante la reciente Evaluación Periódica Universal en Naciones Unidas en mayo de este año.
La Convención contra la Tortura y los tratos crueles y degradantes de la cual el gobierno cubano es estado parte, fue evaluada en 2012 y no ha vuelto a evaluarse. La convención contra todas las formas de discriminación contra la mujer fue evaluada en 2013 y no ha tenido más evaluación. La Convención sobre los Derechos de las personas con discapacidad. Ratificado en septiembre de 2007. No ha sido evaluado en la ONU.
Esta veleidad del Gobierno cubano para eludir la evaluación de sus compromisos internacionales demuestra su falta de voluntad política para cumplir sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. Peor aún, la tardanza o ausencia de informes y la ausencia de estadísticas sobre los delitos que condenan estas Convenciones, demuestra la arbitrariedad del sistema político cubano para violar sistemáticamente todos los derechos humanos en Cuba. Los informes que presenta el Gobierno a Naciones Unidas adolecen de lo mismo que el discurso oficial cubano: generalidades de “buenas intenciones” inaprensibles y sin fundamento en la realidad, y ausencia de monitoreo de las violaciones de derechos humanos en Cuba.
En Cuba se desconoce los compromisos internacionales de derechos humanos que el gobierno ha ratificado y los señalamientos que han hecho los comités evaluadores sobre el incumplimiento de los convenios en los cuales es Estado parte. Esto ha sido un señalamiento de todos los comités evaluadores: no se difunden dentro del país, los compromisos adquiridos por el Gobierno en Naciones Unidas, ni el Estado de cumplimiento de los mismos.
Todos los comités de Naciones Unidas que han evaluado las convenciones ratificadas por Cuba señalan lo tardío de los informes, informes que no cumplen los estándares de presentación en Naciones Unidas por la falta de estadísticas y de medidas concretas para evaluar las violaciones, la ausencia de castigo a los infractores, la ausencia de indemnización a las víctimas de las violaciones de derechos humanos por parte de las propias autoridades del país.
(Represión en Cuba, contrauna Dama de Blanco en esta foto de archivo.)
Tomando sólo un pequeño ejemplo: el Estado cubano le debe a todos los opositores y actores de la sociedad civil golpeados, intimidados, con arrestos con fuerza y sin apego a la ley, a los presos políticos que se les fabrican delitos comunes para negar su existencia, a los secuestrados estatales que son los únicos secuestros que existen en Cuba, por las violaciones del Habeas corpus, a los que impiden salir del país de manera arbitraria, por los allanamientos a las casas y robo de sus instrumentos de trabajo y bienes, por sólo esto, el Estado cubano le debe miles de millones de pesos de indemnización a todas estas víctimas de sus atropellos. Pero Cuba no tiene un Estado de Derecho y el PCC y el MININT[1] continúan imponiendo su arbitrariedad al margen de la ley. ¿Qué hace Cuba en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU?
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, ratificado en 1980, evaluado el 9 de julio del 2013.
El primer problema con la aplicación de esta Convención en Cuba es la discriminación política para todos los actores de la sociedad civil. Mujeres y hombres, ancianos y niños, afrodescendientes, discapacitados, y la comunidad LGTB, los ecologistas, las organizaciones religiosas, sufren la discriminación política toda vez que expresen discrepancia con las erráticas políticas públicas en curso.
Las mujeres cubanas no tienen voz política. Es por eso que reciben un salario paupérrimo al igual que los hombres y los demás sectores reseñados, es por eso que el estado se niega a reconocer el feminicidio en el país, y la necesidad de los refugios para las víctimas de violencia de género, es por eso que el nuevo Código de Familia sigue engavetado desde 1999, es por eso que el estado no tiene cifras de violencia de género dentro del país, es por eso que la organización estatal, representada en el Consejo de Estado, la FMC, es un monigote que impide avanzar la agenda de género en el país y es por eso que la CENESEX sólo defiende a los transexuales y homosexuales alineados a la política del PCC.
Mujeres activistas de derechos humanos, mujeres sindicalistas independientes de la CTC “amarillista”, opositoras políticas, periodistas independientes, estudiantes afiliadas a organizaciones opositoras, mujeres artistas independientes, candidatas independientes a las elecciones municipales, todas sufren la represión política del MININT y de la propia organización estatal que las representa en los “actos de repudio” y las intimidaciones, encarcelamiento, multas arbitrarias, allanamientos forzosos y secuestros express de las autoridades. Como recogen las organizaciones, Observatorio Cubano de Derechos Humanos y la Comisión Cubana de Derechos Humanos y Reconciliación Nacional, la inmensa mayoría de los arrestos arbitrarios, de los actos de repudio, de las multas arbitrarias, de las intimidaciones y violaciones a los domicilios se producen contra mujeres cubanas. Esta discriminación viola todos los derechos económicos, laborales, culturales, sociales, políticos y civiles de las mujeres activistas. En Cuba se puede ser mujer, pero no discrepar del gobierno y de sus erráticas políticas públicas. El caso de Sirley Ávila León y cómo ha quedado mutilada con total impunidad es paradigmático de lo que puede hacer la policía política cubana contra las mujeres discrepantes[2]. Luchar por sus propios derechos y por lo derechos de los demás, lleva a las mujeres cubanas por toda esta cadena de tropelías y golpizas de las autoridades y terminan en la cárcel, como es el caso de muchas de las Damas de Blanco que sufren penas de prisión arbitraria, multas descabelladas y juicios sumarios, además de sufrir la intimidación y acoso contra sus hijos y familia por parte de la policía política[3].
El Comité de la ONU que evaluó esta Convención para el caso de Cuba del 30 de julio del 2013 señaló:
- La ausencia de visibilidad de la Convención dentro de Cuba y de los señalamientos del Comité evaluador.
- La ausencia de conocimiento de sus derechos por parte de las mujeres cubanas.
- El Comité exhorta al Estado parte a que, de conformidad con el artículo 1 de la Convención, adopte una definición jurídica general de todas las formas de discriminación contra la mujer que abarque la discriminación directa e indirecta y la incluya en su Constitución o en otra legislación nacional pertinente.
- El Comité sigue preocupado por la falta de acceso efectivo de la mujer a la justicia y por los numerosos factores que se lo impiden, como el desconocimiento general por parte del poder judicial y los agentes del orden con respecto a la Convención y las recomendaciones generales del Comité, la ausencia de asistencia letrada gratuita proporcionada por el Estado y la estigmatización de las mujeres que llevan sus casos a los tribunales.
- También preocupa al Comité la “reeducación” de las mujeres dedicadas a la prostitución[4], carente de objetivos y procedimientos claros y transparentes, así como la falta de información sobre el número de mujeres privadas de libertad y las condiciones en que se encuentran.
- El Comité recomienda se establezca un mecanismo de denuncia y vele por que las mujeres puedan acceder a él de forma fácil y segura para denunciar casos de discriminación y violación de sus derechos;
- También recomienda, que estudie la posibilidad de establecer una institución nacional independiente de derechos humanos, de conformidad con los Principios de París, provista de un mandato firme en el ámbito de las cuestiones de la mujer y autoridad para examinar denuncias presentadas por mujeres en relación con presuntas violaciones de sus derechos, emitir dictámenes al respecto y formular recomendaciones.
- El Comité recomienda una ley general sobre la violencia contra la mujer que reconozca que esa violencia supone una forma de discriminación contra la mujer, por lo que constituye una violación de sus derechos de conformidad con la Convención, y velando por que en su legislación se tipifiquen como delito todas las formas de violencia contra la mujer;
- Recomienda el Comité, preparar un plan de acción estratégico nacional para la prevención de todas las formas de violencia contra la mujer, la protección de las víctimas y el castigo de los autores y velar por su plena aplicación;
- Proporcionar asistencia letrada gratuita y asistencia y protección adecuadas a las mujeres víctimas de la violencia mediante el establecimiento de centros de acogida, especialmente en las zonas rurales, y el aumento de la cooperación con las ONG;
- Reunir datos estadísticos sobre todas las formas de violencia contra la mujer, incluida la violencia doméstica, desglosados por sexo, edad, origen étnico/condición de minoría y relación entre la víctima y el agresor, y realizar estudios o encuestas sobre el alcance y las causas últimas de la violencia contra la mujer.[5]
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