José Martí y la «nueva» constitución para Cuba
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En el supuesto que el Apóstol viviera, y pudiera votar el 24 de febrero (supuesto negado por su condición de exiliado), ¿qué haría? Esa interrogante se responde en su obra escrita y discursos
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Por Germán M. González
La Habana
21/02/2019
La imposición de la Orden que lleva su nombre a dictadores corruptos y sanguinarios, incluyendo genocidas, y la continua tergiversación de su pensamiento sacando fragmentos de su obra de contexto—así se hace decir a cualquiera cualquier cosa— resultan ejemplos del irrespeto para José Martí que muestra el régimen vigente en Cuba.
El texto de la constitución “nueva” no resulta una excepción. Veamos:
Se coloca al Apóstol en un texto que considera irrevocable un sistema y en una compañía rechazados explícitamente por él, no solo en frases sueltas, sino en artículos-ensayos muy bien argumentados dedicados a exponer su pensamiento, como “La futura esclavitud” y el dedicado a la muerte de Carlos Marx. Premonitoriamente (recordar que el llamado “socialismo” no se había implantado aún en ningún lugar) dice que “en lugar de ser esclavos de los capitalistas, como se dice ahora, vendríamos a ser esclavos de los funcionarios” y también, cual Nostradamus político fustiga al burocratismo: “Mal va un pueblo de oficinistas”.
En el siguiente párrafo se pone de manifiesto la genial clarividencia martiana:
“Esclavo es todo aquel que trabaja para otro que tiene dominio sobre él; y en ese sistema socialista dominaría la comunidad al hombre, que a la comunidad entregaría todo su trabajo. Y como los funcionarios son seres humanos, y por tanto abusadores, soberbios y ambiciosos, y en esa organización tendrían gran poder, apoyados por todos los que aprovechasen o esperasen aprovechar de los abusos, y por aquellas fuerzas viles que siempre compra entre los oprimidos el terror, prestigio o habilidad de los que mandan, este sistema de distribución oficial del trabajo común llegaría a sufrir
en poco tiempo de los quebrantos, violencias, hurtos y tergiversaciones que el espíritu de individualidad, la autoridad y osadía del genio, y las astucias del vicio originan pronta y fatalmente en toda organización humana”.
Recomendamos a todo cubano la lectura de ambos artículos, quedarán asombrados y comprenderán la justeza de los calificativos dedicados aquí al genio del Maestro. Ambos se encuentran en el tomo 6º y el 15º respectivamente de sus Obras Completas.
Un ejemplo de cita parcial y utilizada tergiversando su sentido es la famosa “con todos y para el bien de todos” que vista en conjunto niega totalmente la letra y espíritu de la “nueva” constitución:
“La organización revolucionaria no ha de desconocer las necesidades prácticas derivadas de !a constitución e historia del país, ni ha de trabajar directamente por el predominio actual o venidero de clase alguna; sino por la agrupación, conforme a métodos democráticos de todas las fuerzas vivas de la patria; por la hermandad y acción común de los cubanos residentes en el extranjero; por el respeto y auxilio de las repúblicas del mundo, y por la creación de una República justa y abierta, una en el territorio, en el derecho, en el trabajo y en la cordialidad, levantada con todos y para bien de todos”. (T 1, pág. 272 de las Obras Completas)
Qué hubiera pensado el Martí que escribió ese párrafo de una constitución y su ley electoral que excluye a los cubanos residentes en el exterior, refrenda una ley de inversión extranjera excluyente, consagra dos Estados en la misma nación: Las fuerzas armadas con su sistema legal, económico, etc. que no responden al gobierno supuestamente electo funcionando como un estado al margen de las leyes y las autoridades supuestamente electas. Y para colmo un partido único y hegemónico.
Martí dio su opinión, lapidaria, sobre cómo debe ser una Lay de Leyes:
“Por eso dura esta Constitución (la estadounidense): porque, inspirada en las doctrinas esenciales de la naturaleza humana, se ajustó a las condiciones especiales de existencia del país a que había de acomodarse, y surgió de ellas. (…)
Una Constitución es una ley viva y práctica que no puede construirse con elementos ideológicos. (O.C. t 9, p 308)
Esta sentencia explica el por qué en la Unión soviética existieron tres constituciones en setenta años (la última solo duró una década) y en Cuba ídem en sesenta (contando la ley fundamental “provisional” durante 17 años).
La “nueva” constitución es amenazante y agresiva, define la patria como “socialista” y establece “las más graves penas” para las trasgresiones. El código penal vigente establece la pena de muerte por una larga lista de supuestos delitos y todos sabemos por larga experiencia que las penas en Cuba se fijan primero y luego se “arregla” el resto del proceso retroactivamente ¿Qué pensaría Martí al respecto? Veámoslo en sus propias palabras, en artículo (O.C. t 21, p 25) rebatiendo la tesis —favorable a la pena capital— del periodista francés A. Karr:
“Impedir la extinción de la pena de muerte, pretender demostrar su bondad, es defenderla. —Y, en verdad, que se necesita cierto valor para arrostrar bajo su nombre;— el mismo que se necesita para oponerse a la abolición de la esclavitud. (…) Desde que pude sentir, sentí horror a la pena. —Desde que pude juzgar, juzgué su completa inmoralidad.— No me distinguiré jamás en soluciones utilitarias; pero si algo de utilidad he comprendido, ha sido la completa inutilidad de la pena capital.”
Realizar un estudio completo sobre las insalvables contradicciones entre el pensamiento martiano y la “nueva” (con comillas siempre) constitución llevaría un ensayo grueso. Pero con lo aquí expuesto se puede responder la pregunta: en el supuesto (negado por ser un exiliado) que Martí votara en el referendo del 24 de febrero ¿Qué marcaría en su boleta?
Y tampoco se abstendría de votar pues en su obra abundan las condenas al abstencionismo al cual consideraba una falla de la conciencia cívica.
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