Tomado de
https://www.martinoticias.coml
“Pedro Corzo, en sus propias palabras”, resalta una vida dedicada a la democracia y a la libertad de Cuba, causa por la que cumplió 8 años de prisión en las cárceles castristas. Director del Instituto de la Memoria Histórica cubana contra el Totalitarismo, y periodista y analista de Radio Martí.
Pedro Corzo, en sus propias palabras | 12/25/2017
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Nota del Bloguista de Baracutey Cubano
Los estatutos constitucionales que impuso Batista inmediatamente después del golpe del 10 de marzo de 1953 fueron llevados al Tribunal de Garantías Constitucionales y dicho tribunal emitió un fallo donde desestimó la demanda . El tribunal por mayoría entendió de que esos estatutos no iban en contra de la Constitución de 1940. En el artículo del Dr. Alberto Luzárraga ( sobresaliente abogado y banquero cubano) titulado EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y SU ORGANIZACION: UNAPROPUESTA DE REFORMA, se lee:
¨...Aunque sin duda hubo buenas sentencias, aparentemente el tema constitucional no cobró suficiente importancia en la conciencia popular ni en el Tribunal en sí. Este efecto se palpó a raíz del 10 de Marzo cuando por una votación de 10 contra 5 el Tribunal de Garantías (por sentencia #127 de 17 de Agosto de 1953) desestimó el recurso interpuesto por 25 ciudadanos contra los Estatutos Constitucionales promulgados por Batista...¨
Hago la observación de que los miembros de ese tribunal no estaban supeditados a Batista ni habían sido nombrados por Batista para ejercer esa responsabilidad. Sería interesante conocer los argumentos de los que votaron a favor de desestimar el recurso y los argumentos de los que votaron en contra. Tampoco he conocido de que Batista haya tomado represalias contra los 5 magistrados que votaron en contra de sus Estatutos. Durante el gobierno de Batista se mantuvo la independencia del Poder Judicial respecto al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo hasta el punto que muchos revolucionarios capturados que aplicaban procedimientos terroristas en su labor insurreccional eran presentados a los tribunales mediante ¨el habeas corpus¨ y estos eran excarcelados temporalmente después de pagar una fianza, oportunidad que dichos revolucionarios aprovechaban y pasaban al clandestinaje, o se iban del país o se iban a las montañas donde hubieran focos guerrilleros. Esta situación fue una de las causas por las cuáles algunos agentes de los cuerpos represivos optaron por asesinar a personas que en su gran mayoría ejecutaban procedimientos terroristas contra la población civil.
PERO¿Y QUIÉNES HACÍAN ESTO?
Revolucionario capturado no con ¨palitroques¨ (barritas de pan) si no con explosivos en su cintura para hacer sabotajes y actos terroristas no en Estaciones de Policía ni en Cuarteles si no en lugares públicos, cines. tiendas de ropa, cabarets, etc.
Estaba despidiendo el año 1956 y recibiendo el 1957 en el Cabaret Tropicana y un explosivo colocado por un terrorista revolucionario en dicho lugar le hizo perder el brazo.
Una artefacto terrorista colocado en una vidriera de una tienda de ropa provocó esos destrozos y las heridas por los cristales a los transeuntes que pasaban en ese momento. Esos petardos, niples, etc. en esos establecimiento también provocaban que los dueños de otros establecimientos compararan bonos del M-26-7 para que sus negocios no fueran blanco de esos artefactos explosivos. Hasta un renombrado Jefe de la Policía Nacional ¨donó¨ 20 000 pesos o dólares para que no atentaran en contra de sus negocios de gasolineras.
Foto después del 1 de enero de 1959 donde se ve al petardista o terrorista al que le explotó el o los petardos en el jeep: si mal no recuerdo esa persona era de la provincia de Pinar del Río (quizás Artemisa); hasta hace unos pocos años aún vivía.
Atentado terrorista en una céntrica calle habanera
Urselia Díaz Báez quien murió en el cine América cuando le explotó en sus manos la bomba que estaba armando en el baño de dicho cine para que explotara en plena función; era en ese momento la novia del conocido Antonio Briones Montoto, hijo del terrorista Newton Briones, quien armó la bomba que mató al que delató a Antonio Guiteras.
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En enero de 1959 el incipiente Castrismo impuso sus estatutos, los cuales sí iban en contra de la Constitución de 1940. Esos estatutos no fueron llevados a ningún tribunal para dirimir sobre el carácter constitucional o no de esos estatutos, pues esos estatutos, entre muchas cosas, echaron abajo a prácticamente todo el Poder Judicial y su independencia pese a que uno de los fundamentos sobre los cuales se hizo la Revolución, y que enarboló Fidel Castro, fue la restitución de la Constitución de 1940 que garantizaba esa independencia entre lostres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. El Castrismo nunca restituyó esa Constitución, traicionando así a los que murieron y lucharon por ella. Después del triunfo de la Robolución el 1 de enero de 1959, el recurso de ¨habeas corpus¨ fue eliminado por el Castrismo y los detenidos y encarcelados siempre están bajo la ¨custodia¨ del poder militar y no del poder civil.
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