viernes, marzo 22, 2019

El vicepresidente cubano Ulises Rosales del Toro reconoció este sábado lo "avanzada para su época" de la Constitución de 1940


Tomado de http://www.diariodecuba.com/

Ulises Rosales del Toro: 'La Constitución de 1940 fue una carta magna avanzada para su época'

DDC
La Habana
10 de Febrero de 2019


Firma de la Constitución de 1940. (NUEVO ACCIÓN)

El vicepresidente cubano Ulises Rosales del Toro reconoció este sábado lo "avanzada para su época" de la Constitución de 1940, al conmemorar que un 9 de febrero de ese año se inauguró la asamblea que la promulgó ese mismo año.

"En el Capitolio de La Habana, el 9 de febrero de 1940 se inaugura la Asamblea Constituyente que promulgó la Constitución de 1940, que con sus virtudes y defectos constituyó una carta magna avanzada para su época", escribió el exministro en su cuenta la red social Twitter.

La promulgación de esta Ley de leyes se dio en un período que el Gobierno cubano siempre ha presentado como "seudo república". El mensaje de Rosales del Toro contrasta además con la frenética campaña que en redes sociales, medios de prensa estatales y espacios públicos se hace para refrendar la reforma constitucional tutelada por el Partido Comunista de Cuba (PCC).

Usuarios en Twitter consideraron que al vicepresidente "se le fue el tiro por la culata".

Lo cierto es que el texto constitucional de 1940 era de carácter muy progresista, que plasmó toda una serie de garantías fundamentales en el orden económico, político y social.

Por ejemplo, declaraba el carácter irretroactivo de las leyes, salvo casos muy excepcionales determinados por razones de orden público, utilidad social o necesidad nacional, señalados expresamente en la Ley. La Ley Penal solo tendría efecto retroactivo en el caso de que fuese más favorable al delincuente. Asimismo, proscribía la pena de muerte y establecía las garantías básicas de los procesos penales.

En materia de propiedad, reconocía la existencia y legitimidad de la propiedad privada en su más alto concepto de función social, y sin más limitaciones que aquellas que por motivos de necesidad pública o interés social estableciera la Ley.

La Constitución de 1940 prohibía la confiscación de bienes y disponía que nadie pudiera ser privado de su propiedad sino por autoridad judicial competente y por causa justificada de utilidad pública o interés social, y siempre previo el pago de la correspondiente indemnización en efectivo, fijada judicialmente.

La Constitución garantizaba la libre emisión del pensamiento, la inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia, la libertad para entrar y salir del territorio nacional, la libertad religiosa y la libertad de reunión.

El sistema de Gobierno establecido por esta Constitución estaba basado en la tripartición de poderes. El poder legislativo sería ejercido por dos cuerpos, uno de ellos era la Cámara de Representantes y el Senado. El poder ejecutivo sería ejercido por un presidente de la República cuyo mandato duraría cuatro años, no pudiendo ser reelecto hasta decursado un período de ocho años después de haber cesado en el cargo. El presidente sería asistido por un Consejo de Ministros integrado por el número de miembros que determinare la Ley.

La Constitución solo podría reformarse por iniciativa del pueblo o por iniciativa del Congreso, y la reforma podría ser específica o parcial, e integral o relativa. En el caso de la reforma específica o parcial propuesta por iniciativa popular, debía someterse a un referéndum en las primeras elecciones que se celebrasen, y si fuere propuesta por el Congreso, sería necesaria su aprobación con el voto favorable de las dos terceras partes del número total de miembros de los cuerpos legislativos reunidos conjuntamente, y dicha reforma no regiría si no fuera ratificada en igual forma dentro de las dos legislaturas ordinarias siguientes.

En los casos de reforma integral o relativa a la soberanía nacional o referidas a la retroactividad de las leyes, a la anulación de las obligaciones civiles nacidas de los contratos, a la confiscación de bienes o a la existencia y legitimidad de la propiedad privada, los requisitos eran aún más estrictos.

Algunos tuiteros que reaccionaron al mensaje de Rosales del Toro recordaron estas cuestiones y criticaron que fuera sustituida por "el engendro que se inventó Fidel Castro" en 1976.

"Por esa Constitución el pueblo cubano los apoyó y los trajo hasta La Habana en 1959. Usted sabe que en adelante todo salió mal. Hoy tienen la oportunidad de enmendar el error", escribió un usuario, en referencia al proceso de reforma que el próximo 24 de febrero irá a referendo en la Isla en medio de campañas como #YoNoVoto y #YoVotoNo.