Derechos humanos: expulsados de Cuba
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Aduaneros cubanos confiscan libro, documentos y hasta el nuevo proyecto de Constitución
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Por Marlene Azor Hernández
Ciudad de México
15/10/2018
El pasado 6 de octubre el activista de derechos humanos Boris González Arenas a su regreso al país, nos narra su testimonio de las cinco horas que estuvo retenido en el Aeropuerto José Martí en Cuba. La demora ineficiente e irrespetuosa de los aduaneros cubanos ya es famosa para todos los que visitan Cuba, pero es particularmente “vandálica” y abusiva contra los activistas de derechos humanos en Cuba.
En el caso de González Arenas le confiscaron el libro Derechos Humanos: realidades y desafíos en Cuba[1], del cual soy editora y autora de su primer capítulo, otros documentos de la MUAD, y el proyecto de Constitución que ahora se discute en Cuba.
Cuando ocurren estos tipos de confiscaciones en la aduana de Cuba uno se pregunta si el MININT, organismo al cual pertenecen los aduaneros, tiene potestad para decidir de manera arbitraria ¿qué contraviene a la moral socialista, qué es contrarrevolucionario o calificar como pornografía libros y documentos de contenido político bajo la arbitraria clasificación de contrario a las “buenas costumbres”? ¿Es contraria a las buenas costumbres la Declaración universal de los Derechos Humanos?
Esta resolución del MININT no se atiene a ninguna ley, sino que es fruto de una resolución de un ministerio no sometida al Parlamento. No existe una ley en Cuba que prohíba la importación de literatura política o de literatura tout court. Es una resolución anticonstitucional porque viola los derechos culturales y de información de los ciudadanos cubanos. La exclusión de la literatura no afín
al gobierno dictatorial, es además, una violación civil y política contra los ciudadanos cubanos.
((Aduana de Cuba, revisión de equipaje))
No es la primera vez que los aduaneros confiscan y prohíben la entrada de documentos de derechos humanos en Cuba. El gobierno ha confiscado la Declaración Universal de Derechos Humanos en la aduana y lo considera propaganda enemiga. El proceso represivo conocido como la Primavera Negra de 2003, durante el cual 75 activistas y periodistas independientes fueron encausados con penas de 15 a 20 años de privación de libertad y hasta de 28 años de encierro, entre los documentos confiscados como prueba inculpatoria contra los acusados figuraba la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Fue considerada “propaganda enemiga”, figura delictiva en el código penal cubano. ¿Dónde está la indemnización del gobierno a las víctimas de estas violaciones? ¿Cómo es posible que el gobierno de Cuba sea miembro del Consejo de Derechos Humanos de la ONU y considere “propaganda enemiga” la Declaración Universal de Derechos Humanos de la ONU? ¿Es esto legal?
En enero de 2016 niños y adolescentes fueron orientados a quemar la Declaración Universal de los Derechos Humanos en un “acto de repudio” al cual fueron conducidos contra las Damas de Blanco.[2] ¿Es legal condenar a la pira la Declaración de Derechos Universales de la ONU en Cuba? ¿Dónde está la indemnización del gobierno a las Damas de Blanco por quemar sus volantes con la Declaración Universal de Derechos Humanos? ¿Esto es legal?
En el mismo año, 2016, el pastor bautista y opositor Mario Félix Lleonart denunció y mostró el documento oficial que decomisa 64 ejemplares de la Declaración Universal de Derechos Humanos en la aduana de Cuba, porque se considera que atenta contra las “buenas costumbres”.[3] ¿Es legal que el MININT decomise este documento siendo el gobierno cubano miembro de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU?
Sobre la prohibición de discutir el tema de los derechos Humanos en Cuba nos dice el profesor de Derecho Julio Antonio Fernández Estrada:
“…lo más delicado radica en que todo esto sucede sin que exista un ambiente propicio para la discusión sobre derechos humanos. Se hace inaudito que no se logre comprender y garantizar que el pueblo de Cuba, al igual que todos los pueblos, debe poder plantear, frente al Estado y frente a otros ciudadanos y ciudadanas, sus problemas cotidianos en cuanto a la limitación y realización de sus derechos”.
“Que en Cuba hablar de derechos humanos sea “delicado” y que haya que “andar con pies de plomo” para hablar de este asunto, muestra la debilidad teórica y sobre todo política en que se encuentra la opción más profunda o radical de izquierda en la Isla. Lamentablemente esto no ocurre por decisión propia, sino como consecuencia de la incapacidad de los interlocutores oficiales y por la carencia de espacios francos de discusión sobre estos temas. No obstante, debo precisar que los derechos humanos, después de su consagración y difusión universal, no pertenecen a ninguna ideología en particular, ni a ningún movimiento político específico”[4].
Con relación al uso que el gobierno da a los derechos humanos plantea:
“Al declinar el uso de los derechos humanos, como discurso y opción de lucha políticos, el Estado cubano ha identificado a la oposición interna (que ha esgrimido la limitación de los derechos, sobre todo los llamados políticos y civiles) con los derechos humanos en sí mismos, lo que inmoviliza al discurso oficial y lo separa del vocabulario y las prácticas de lucha popular más intensas que se dan en el mundo. No es revolucionario separarse del discurso y de la lucha a favor de todos los derechos humanos, y resulta un fracaso político mantener un alto estándar de realización de derechos sociales, sin aceptar la necesidad de trabajar con la misma intensidad por los derechos civiles y políticos”[5].
Con relación a la ausencia de discusión sobre los derechos humanos en Cuba, señala:
“Las discusiones que se han acumulado durante décadas sobre derechos humanos han quedado fuera de nuestras aulas; de las escuelas primarias, secundarias y preuniversitarias, y de nuestras universidades. Resulta extraño encontrar tesis de licenciatura, en las diferentes carreras de ciencias sociales en todo el país, sobre el tema de los derechos humanos”.[6]
La falta de garantía para todos los derechos humanos en Cuba radica en la ausencia de leyes que los respeten y en la ausencia de procedimientos para reivindicar y justiciar los derechos. Las manifestaciones pacíficas están prohibidas de facto y los Ministerios como el MININT, la Fiscalía de la República, y el Tribunal Supremo entre otros, desestiman todas las denuncias de los ciudadanos frente a los atropellos de las autoridades. No hay posibilidades de reivindicar los derechos. Tampoco la violación de derechos se puede justiciar. Los aduaneros, por ejemplo, no pueden ser denunciados frente a los tribunales por la violación de derechos culturales, de información, cívica y política que cometen con estas y otras confiscaciones. No existe legalidad alguna para defender los derechos humanos en Cuba y en el nuevo proyecto de Constitución se mantiene la imposibilidad de hacerlo. ¿Es esto legal?
Sin Tribunal Constitucional independiente del PCC y de otras administraciones de “justicia” en Cuba, y sin una Comisión Nacional de Derechos Humanos independientes del Partido y de otras administraciones judiciales, no será posible comenzar a respetar los derechos humanos en Cuba. Estos dos organismos nuevos tendrían que tener la máxima independencia, y resoluciones vinculantes, obligatorias, para todo el sistema jurídico, estatal y político del país. Nadie por encima ni al margen de la ley. De lo contrario seguiremos en el terrorismo de Estado[7] y no podremos transitar hacia un Estado de derecho.
[1]Derechos Humanos: realidades y desafíos en Cuba. Editorial “El Barco Ebrio”, 2018. Mi capítulo se dedica a analizar los derechos económicos, laborales, sociales, y culturales y su estado de cumplimiento en Cuba.
[2] “Ordenan quemar la Declaración de los Derechos Humanos en una fogata frente a la sede de las Damas de Blanco” ICLEP, http://iclep.org/45443-2/, 21 de enero de 2016.
[3] Mario Félix Lleonart “Aduana de Cuba reconoce que decomisa ejemplares de la Declaración Universal de Derechos Humanos y lo ratifica” en su blog Cubanoconfesante.com, 13 de enero de 2016.
[4] Julio Antonio Fernández Estrada “Una visión sobre la politización de los derechos humanos” en Cubaposible.com, 15 de julio de 2016.
[5] Ídem.
[6] Ídem.
[7]Definición de terrorismo de Estado: Los Estados poseen el monopolio de la fuerza para poder cumplir sus fines, pero deben usar ese derecho racionalmente y de acuerdo a las leyes. Cuando el Estado a través de sus gobernantes reprime a la población, la hostiga, la persigue, de modo sistemático, para poder llegar a dominarla a través del temor, evitando cualquier acto de resistencia a la opresión, esa manera de actuar recibe el nombre de terrorismo de Estado, que es un abuso de su poder coactivo, donde los civiles son secuestrados, torturados o asesinados, sin juicio previo, o sin las garantías del debido proceso.
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