El PCC es un poder de facto: ni legal ni legítimo
***********
En la legislación cubana no existen leyes que delimiten el poder y las atribuciones del partido único
***********
Por Marlene Azor Hernández
Ciudad de México
24/07/2018
El PCC aparece en la Constitución de 1976, en su capítulo 5, como la fuerza dirigente de toda la sociedad, por encima del resto de la institucionalidad política del país: una declaración sin respaldo legal. No existen leyes complementarias emanadas de la Constitución que regulen el poder y las atribuciones del partido único, lo cual le permite a su buró político, los procedimientos más arbitrarios y discrecionales en las decisiones inconsultas que diariamente toma de espaldas a la ciudadanía. Sin respaldo en la legislación nacional de la delimitación de su poder y de sus atribuciones, el PCC es un poder de facto y por ello ilegal.
Tampoco es legítimo. En los últimos 60 años el PCC no se ha sometido a referendo popular para validar su poder. Nadie ha podido pronunciarse mediante el voto a favor o en contra de que sea el PCC quien dirija el país. Es por eso también, que es un poder de facto no sometido a las urnas y por lo tanto carente de legitimidad.
La Constitución actual y la “nueva” —que se desconoce por la población— es una copia de la constitución estalinista de 1936 de la exURSS en la que el PCUS se auto titulaba “la fuerza dirigente y superior de la sociedad”, también un poder de facto sin legislación nacional que delimitara su poder y atribuciones en la sociedad soviética, y también al margen de cualquier tipo de elecciones nacionales.
Incluso en las “selecciones” amañadas, —copiadas por el régimen cubano al PCUS, en las cuales no se elige candidatos, sino que se vota por los seleccionados por el Partido, a través de las comisiones de candidatura idénticas a las existentes en la exURSS— ni el PCUS ni el PCC se han sometido durante su dominio a un referendo popular como partido político. Nunca han sido validados con el voto popular para autotitularse “fuerza superior de la sociedad” Ambos partidos, PCUS y PCC impusieron su poder de facto y no por ley. Por eso, ambos procesos son clasificados como dictaduras,
por la imposición de su dominio inconsulto a la ciudadanía, al margen de las leyes nacionales e internacionales y sin elecciones libres y secretas.
Un partido político no puede ser el generador de un Anteproyecto de Constitución, en la medida en que esa no es una función del partido único en la propia legislación cubana pero tampoco lo es en el Derecho Internacional. El soberano, el dueño de la soberanía nacional es el ciudadano y no un partido político en específico, según la propia legislación vigente en Cuba. Si esto no se cumple es una prueba más de la ilegalidad y la ilegitimidad de la actuación del PCC que se apropia de la soberanía nacional que no le corresponde.
Según la legislación cubana, le corresponde al Parlamento elaborar el Anteproyecto de Constitución, y constituye una violación de los derechos ciudadanos que el PCC haya elaborado y aprobado un Anteproyecto de Constitución, se lo haya pasado al Parlamento para su aprobación y que aún se mantenga como un documento secreto para la ciudadanía. Estos procedimientos no están respaldados en la legislación cubana y son contrarios al Derecho internacional. Procedimientos sin respaldo legal son ilegales y arbitrarios.
Un Anteproyecto de Constitución es el resultado —en un país democrático— de la ciudadanía representada por los diferentes partidos y organizaciones de la sociedad civil que de manera libre se expresa a través de los medios de difusión masiva y en la calle directamente, sobre sus demandas de derechos a los diferentes partidos y que elige sus representantes en función de los programas que proponen los diferentes partidos. Luego se somete a votación libre y secreta de la ciudadanía. No hubiera salido López Obrador, electo como presidente, si en México no se hubieran respetado los procedimientos marcado en la ley y esas leyes no respondieran al ciudadano soberano en la ley y en la realidad para elegir al presidente de su país.
El buró político del PCC y sus voceros deben empezar por aprender el contenido de palabras como “legalidad” y “legitimidad” que en la “neolengua” del Gobierno cubano significan exactamente sus contrarios[1]. El Estado cubano es un Estado terrorista de Estado[2] y no un Estado de derecho. Impone procedimientos contrarios a su propia legislación y permite que el PCC fabrique un Anteproyecto de Constitución secreto y de espaldas al soberano que es la ciudadanía. El Estado cubano ni se atiene a su propia ley ni la respeta.
[1] Ver Marlene Azor Hernández, “De la «jungla cívica» al Manual: la propuesta del Gobierno cubano”, en Cubaencuentro.com, 28 de mayo de 2018.
[2] Ver Marlene Azor Hernández, “El terrorismo de Estado en Cuba” en Cubaencuentro.com, 6 de abril de 2017.
© cubaencuentro.com
0 Comments:
Publicar un comentario
<< Home