domingo, julio 31, 2022

CUBA: SOBRE LA AMNISTÍA GENERAL DE 1955 PARA TODOS LOS PRESOS POLÍTICOS QUE CONLLEVÓ A LA AMNISTÍA DE FIDEL CASTRO Y DE TODOS LOS ENCARCELADOS QUE ATACARON EL CUARTEL MONCADA EL 26 DE JULIO DE 1953

 

 Nota del Bloguista  de Baracutey Cubano

Todas las imágenes  fueron tomadas de diferentes revistas Bohemia  de la época; observen como Fidel Castro al salir de la  cómoda  cárcel  (en que disfrutaba de privilegios) hasta que salió de Cuba, habló  DE PARTICIPAR  EN LA OPOSICIÓN POLÍTICA  PACÍFICA......

Fidel y Raúl Castro, el resto de los ¨moncadistas¨y los contados presos políticos que habían en el país fueron liberados por una amnistía general el Día de las Madres del año 1955 pese a que los asaltantes al Cuartel Moncada  habían matado a casi una veintena de militares con premeditación, nocturnidad, usando uniformes similares al de los militares  que fueron atacados. Esa amnistía general no fue producto de  las presiones populares para que liberaran a los presos políticos, pues tales presiones NUNCA EXISTIERON  en cuánto a manifestaciones populares masivas, pese a que la  historia oficialista lo afirme. El país estaba en calma, Batista había llamado a elecciones y había triunfado favorecido por el retraimiento de los aspirantes del resto de los partidos políticos  que se dieron cuenta que el pueblo cubano  necesitaba  ¨un hombre fuerte¨  que lo encaminara  por el camino de la paz y la gobernabilidad como lo había hecho ya  Batista entre 1934 y 1940  desde detras del poder y de 1940 a 1944 como Presidente constitucionalmente elegido que posteriormente había dejado la Presidencia a su opositor político el Dr. Ramón Grau San Martín cuando fue elegido en 1944; miembros del Partido Ortodoxo habían exagerado las máculas de los gobiernos auténticos de Grau y del Dr. Carlos Prío Socarrás  en cuanto a pandillismo y corrupción y el pueblo cubano quería paz y orden. 

Los gobiernos de la República de Cuba anteriores a 1959 se caracterizaron por ser gobiernos donde la clemencia y la generosidad estuvieron frecuentemente  presentes; tal es así que sumaron 118 las amnistías que se otorgaron desde el 20 de mayo de 1902 (fecha de la fundación de la República de Cuba) hasta el 8 de mayo de 1955La Amnistía General para todos los presos políticos, en la que se incluyeron a todos los asaltantes al Cuartel Moncada el 26 de julio de 1953 y demás presos políticos pues fue de carácter general fue la número 118. En  el artículo  118 Amnistías en medio siglo de Cuba Republicana  de la autoría de René Ruiz, publicado en la revista Bohemia del 8 de mayo de 1955 se aborda la clemencia y generosidad de esos gobiernos y se muestra la siguiente estadística:

En este post del blog Baracutey Cubano añado una captura de pantalla del antes mencionado artículo de René Ruiz.


Sobre  esa amnistía de 1953  diré que el Presidente electo Fulgencio  Batista (electo en las elecciones multipartidista del 1 de noviembre de 1954) quería  empezar su  gobierno constitucional sin presos políticos y le sugirió al Congreso que estudiara la posibilidad de otorgar una Amnistía General para los presos políticos. El Congreso, electo por el voto popular en esas elecciones, estaba conformado  en su gran mayoría por partidarios  de Batista, pues el Partido Ortodoxo no quiso participar (se fue al llamado retraimiento) en esas elecciones y el Partido Auténtico, encabezado por el Dr. Ramón Grau San Martín, estaba en las boletas  pero al irse Ramón Grau al retraimiento dos días antes de las elecciones, muchos auténticos y simpatizantes de ese partido no fueron a votar,  no obstante los auténticos eligieron a 18 senadores y  16 concejales. Según algunas personas el Congreso votó casi unánimemente a favor de la Amnistía General salvo las excepciones de Rafael Díaz - Balart en la Cámara Baja y la de  Santiago Rey Pernas  en la Cámara Alta o Senado; otras personas dicen que no hubo excepciones pues en el libro del Congreso concerniente a esas fechas no aparece ningún discurso de Rafael Díaz -Balart Gutiérrez  en contra. Esa Amnistía General de todos los presos políticos  se dio, como se diría hoy en día en el lenguaje castro-comunista, en saludo al Día de las Madres.


En el siguiente video Manuel Márquz - Sterling (eminente historiador cubano y Profesor Emérito de una universidad norteamericana recientemente fallecido y cuyo padre fue un adversario político de Batista ) afirma que con las elecciones del 1 de noviembre de 1954  Batista restituía la Constitución de 1940. 


En el texto El Imperio de la Ley en Cuba de la Comisión Internacional de Juristas, Ginebra, escrito en 1962 se lee:

«La ley constitucional de 1952 disponía en su Art. 256, de acuerdo con la modificación que se le hiciera por Decreto Ley No. 1133, del 30 de octubre de 1953 (G.O. 6 noviembre de 1953, Edic. Extr. No. 90) que la Constitución de 1940 sería restablecida a partir de la fecha en que tomara posesión del mando el presidente electo. Las elecciones presidenciales se celebraron el día 3 de noviembre de 1954, resultando electo Fulgencio Batista...Automáticamente, en virtud de la citada cláusula de tránsito constitucional, comenzó a regir nuevamente la Constitución de 1940». (ICJ, 1962, p. 92)). Andrés Domingo y Morales del Castillo había sustituido a Batista como mandatario para que Batista participara en las elecciones de noviembre de 1954.

En el artículo del Dr. Alberto Luzárraga (abogado y banquero cubano-americano) titulado El Tribunal Constitucional y su organización: una propuesta de reforma, se lee lo siguiente sobre la compatibilidad de los Estatutos Constitucionales de Batista o  ley constitucional de 1952 con la Constitución de 1940:

«Aunque sin duda hubo buenas sentencias, aparentemente el tema constitucional no cobró suficiente importancia en la conciencia popular ni en el Tribunal en sí. Este efecto se palpó a raíz del 10 de Marzo cuando por una votación de 10 contra 5 el Tribunal de Garantías (por sentencia #127 de 17 de Agosto de 1953) desestimó el recurso interpuesto por 25 ciudadanos contra los Estatutos Constitucionales promulgados por Batista; sin que esta decisión conllevase el mismo grado de censura popular que el golpe del 10 de Marzo y sin que se resintiese el funcionamiento del tribunal que siguió operando como si no hubiese faltado a su razón esencial de ser.

Es justo sin embargo reconocer que el voto de la minoría declaró que la Ley Constitucional de 4 de Abril de 1952 “es inconstitucional y no podrá aplicarse en ningún caso ni forma, debiendo ser derogada....por quebrantar los principios de soberanía popular innatos en el pueblo cubano....violar el contenido total de la Constitución de 1940 que no ha sido derogada, su articulado, su esencia, sus principios y razón de ser, y en suma por no provenir de órgano legitimado para hacerlo». (Luzárraga, 2014, p. 3)

Hago la observación de que los miembros de ese tribunal no estaban supeditados a Batista ni habían sido nombrados por Batista para ejercer esa responsabilidad; en general la rama Judicial fue independiente durante los gobiernos de Fulgencio Batista. Sería interesante conocer los argumentos de los que votaron a favor de desestimar el recurso. Tampoco he conocido de que Batista haya tomado represalias contra los 5 magistrados que votaron en contra de sus Estatutos.

 En estos 63 años de  dictadura totalitaria los tiranos Castro, sus cómplices y continuadores   NUNCA han dado una amnistía general pues desde el 1 de enero de 1959 el odio y el resentimiento se disfrazaron de justicia en dolorosas y sangrientas parodias de ¨juicios¨ donde las sentencias prácticamente ya están dadas y, en ocasiones, hasta los ataúdes estaban presentes en las salas donde se estaban efectuando los ¨juicios¨. 

Para conocer un estudio comparativo de los presos y prisiones entre el régimen de Fulgencio Batista y la tiranía de los hermanos Castro pueden leer mi artículo  BREVE ESTUDIO COMPARATIVO DE LAS MUERTES, PRISIONES Y PRESOS DURANTE LAS DICTADURAS DE FULGENCIO BATISTA Y DE FIDEL Y RAÚLCASTRO, en el número 42, página 100,  de la Revista Hispano Cubana la cual pueden leer haciendo click AQUÍ.

Nota aclaratoria sobre la definición de Amnistía 

La amnistía es la eliminación de la responsabilidad penal de un delito. Esta acción jurídica suele ser desarrollada por el Poder Legislativo y afectar a diversas personas que, anteriormente, habían sido consideradas culpables de una violación de la ley.

ALa amnistía es la eliminación de la responsabilidad penal de un delito. Esta acción jurídica suele ser desarrollada por el Poder Legislativo y afectar a diversas personas que, anteriormente, habían sido consideradas culpables de una violación de la ley.

Es importante distinguir entre la amnistía y el indulto. El indulto también es un recurso que extingue la responsabilidad penal, pero el autor del delito sigue siendo considerado como culpable. Es decir, el indulto sólo perdona el cumplimiento de la pena.

La amnistía, en cambio, se aplica sobre el propio delito (se perdona el delito, no la pena). Esto significa que la amnistía logra la extinción de la responsabilidad civil o penal y borra los antecedentes. La amnistía también puede generar consecuencias retroactivas.
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