domingo, julio 31, 2011

Cuba: la tiranía de los Castro prepara condiciones para endurecer la Ley Mordaza que establece penas de hasta 20 años de cárcel por escribir críticas

Nota del Bloguista


En esta Nota del Bloguista primeramente mostraremos que la República de Cuba no es soberana. En la segunda parte de la nota compararemos la censura batistiana y la censura Castrista.

Tomado de http://es.wikipedia.org

República (del latín res publica, «la cosa pública, lo público»), en sentido amplio, es un sistema político que se fundamenta en el imperio de la ley (constitución) y la igualdad ante la ley como la forma de frenar los posibles abusos de las personas que tienen mayor poder, del gobierno y de las mayorías, con el objeto de proteger los derechos fundamentales y las libertades civiles de los ciudadanos, de los que no puede sustraerse nunca un gobierno legítimo. A su vez la república escoge a quienes han de gobernar mediante la representación (democracia representativa) de toda su estructura mediante el derecho a voto. El electorado constituye la raíz última de su legitimidad y soberanía.

¿ Es la República de Cuba una república soberana ?

Según la definición anterior: NO!.

La República de Cuba no tiene legitimidad ni soberanía ya que la dictadura de los Castro impide elecciones libres y democráticas donde estén representandos ( democracia representativa) o participen ( democracia participativa) todo los segmentos del pueblo cubano y en particular su electorado. El sistema eleccionario impuesto en Cuba está diseñado de tal manera que solamente los candidatos oficialistas puedan ser elegidos; en eso desempeñan, además del miedo y la represión (desembozada o no) de la dictadura sobre el pueblo, la conformación y el papel de las Comisiones Electorales nacional, Provincial y Municipales según se puede constatar en el TITULO IV DE LAS COMISIONES DE CANDIDATURAS de la Ley Electoral de la República de Cuba.

ARTICULO 67. Para elaborar y presentar los proyectos de candidaturas de Delegados a las Asambleas Provinciales y de Diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular, y para cubrir los cargos que eligen éstas y las Asambleas Municipales del Poder Popular se crean las Comisiones de Candidaturas Nacional, Provinciales y Municipales.

ARTICULO 68. Las Comisiones de Candidaturas se integran por representantes de la Central de Trabajadores de Cuba, de los Comités de Defensa de la Revolución, de la Federación de Mujeres Cubanas, de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños, de la Federación Estudiantil Universitaria y de la Federación de Estudiantes de la Enseñanza Media, designados por las direcciones nacionales, provinciales y municipales respectivas, a solicitud de las Comisiones Electorales Nacional, Provinciales y Municipales.
En el caso de que una de las organizaciones de masas carezca de representación en algún municipio se designará un representante por la dirección provincial correspondiente.

ARTICULO 69. Las Comisiones de Candidaturas son presididas por un representante de la Central de Trabajadores de Cuba.

Todos los cubanos que hemos vivido en Cuba después de 1959, sabemos lo que son y representan todas esas organizaciones paragubernamentales y como son designados y ¨elegidos¨ sus dirigentes mediante ¨el dedazo¨ del Partido Comunista de Cuba:

ARTICULO 5. El Partido Comunista de Cuba, martiano y marxista-leninista, vanguardia organizada de la nación cubana, es la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado, que organiza y orienta los esfuerzos comunes hacia los altos fines de la construcción del socialismo y el avance hacia la sociedad comunista.
(Constitución de la República de Cuba)

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La dictadura de Batista en sus Estatutos condenaba hasta con 2 años de cárcel a las personas que escribieran contra ella; esa ley no se aplicó en ningún caso que yo tenga conocimiento y ningún periodista fue asesinado o encarcelado y los períodos de censura de la prensa no excedieron a los tres meses y después de terminado esos períodos de censura se permitía publicar todo lo censurado. La tiranía de los Castro ha castigado hasta con 28 años de prisión ((Luis Enrique Ferrer García)) a personas que escribían la verdad de lo que sucede en Cuba; la censura Castrista aplicada ha llegado al medio siglo de existencia. El promedio de las sentencias los encarcelados en la Primavera Negra del 2003 o Grupo de los 75 ( muchos de ellos periodistas independientes) fue de 20 años de prisión. Todos eran personas pacíficas.

En el ensayo LA PRENSA EN CUBA: 1952-1960 se leen estos fragmentos :


¨Hay dos clases de censura: la que pretende mantener un gobierno y sólo prohíbe cuanto afecta su mandato, y la que va más lejos por su deseo de cambiar o mantener inmóvil el pensamiento y la manera de ser del gobernado. Estas dos clases de censura nacen de la visión que tiene la autoridad del mando. La menor, típica de las autocracias tradicionales, llega nada más que hasta donde parece necesario para mantener el orden establecido: ésa es su misión, y permite que en asuntos ajenos al problema político inmediato, cada cual piense y se exprese como quiera. El totalitarismo nace de la creencia que tiene el gobernante, o simula tener, de la posesión de una verdad absoluta y una misión trascendente, por lo que se permite controlar el pensamiento; su objetivo en este caso es hacer a todos pensar y sentir de acuerdo con el dogma para arreglar con él la sociedad.¨

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¨Entre 1952 y 1960 se implantaron en Cuba los dos tipos de censura: durante el gobierno de Batista, la prensa estuvo más bien condicionada a los intereses políticos de los gobernantes; con el triunfo de Fidel Castro, cuando se quiso imponer una nueva concepción de la sociedad, la censura creció no sólo hasta callar los disidentes, sino con el propósito de forjar un nuevo pensamiento nacional. La voluntad del dictador quiere que no se digan ciertas cosas; la totalitaria que sólo se diga una.

Durante la época de Batista no fueron las guerrillas de Castro ni la irritación por la impopularidad del régimen las que, en último análisis, lo derrocaron: fue la prensa, la que, a pesar de los castigos que recibió, pudo socavar al gobierno analizando, cada vez que tuvo ocasión, su ilegitimidad y los abusos que realizaba. Batista, que no supo respetar la voluntad popular y violó repetidamente los derechos elementales de quienes se le oponían, a veces de manera brutal, manejó la censura de prensa con miedo y de manera poco eficaz. Por su parte, Castro siguió el consejo de los antiguos comunistas al tratar la prensa como si fuera un peligroso adversario: seguía así el juicio de Napoleón, quien dijo que cuatro periódicos hostiles eran más de temer que mil bayonetas. Castro trató la crítica adversa hostigando y persiguiendo a los periodistas como si fueran ejércitos que había que destruir.

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La Ley de Orden Público

Es importante recordar aquí lo que disponía aquella Ley de Orden Público respecto a la libertad de expresión e información, porque en ella se anuncia lo que luego iba a aparecer, exagerando los castigos, en el Código Penal de Castro. La Ley de Batista imponía penas hasta de dos años de cárcel a los que: “Propalaren, publicaren o hicieran publicar o trasmitieran rumores o noticias falsas o tendenciosas, contrarios a la dignidad nacional, la paz, la tranquilidad o la confianza públicas, la estabilidad de los Poderes del Estado, la economía, las finanzas públicas o el crédito de la nación o del gobierno”. Y el artículo II de dicha ley condenaba con igual castigo a los que “de modo manifiesto o encubierto hicieren propaganda encaminada a producir, o que pudiera favorecer el logro de alguno de los fines siguientes: 1) Subvertir violentamente o destruir la organización política, social, económica o jurídica del Estado, tal cual se encuentra constituido... 3) Lesionar la dignidad nacional o menospreciar los poderes y organismos del Estado, la ley constitucional, las leyes o los actos de la autoridad...” Y aclaraba: 5) A los efectos de este artículo, se entenderá por propaganda toda manifestación o expresión oral, escrita o gráfica que se transmitiere o diere a conocer por medio de periódicos, revistas, libros, folletos, hojas sueltas, carteles, pasquines, letreros fijados en lugares públicos, papeles, escritos dirigidos a varias personas o utilizando la radiodifusión, la televisión, el cinematógrafo o cualquier otro procedimiento de publicidad, así como las expresiones que se profirieran en presencia de varias personas reunidas o ante una multitud”. También se condenaba a los que dieran publicidad a esas manifestaciones, a los que la distribuyeran y a los que “tuvieran en su poder el material de publicidad señalado”.15 Y se incluía en este delito a las “personas jurídicas responsables... con la clausura de tres meses o un año, o multa de quinientos a cinco mil pesos, o a ambas sanciones”.

Como hemos visto hay una gran diferencia entre la censura de prensa batistiana y la censura Castrista. La diferencia es tan grando como la que existe entre una sentencia de hasta dos años de prisión que nunca se aplicó y la sentencia de 20 años, y más, que se ha aplicado varias decenas de veces.
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Tomado de http://www.ddcuba.com

El régimen prepara condiciones para endurecer la Ley Mordaza

DDC
Madrid
30-07-2011

El régimen parece prepararse para endurecer la Ley Mordaza, que sirvió para condenar a buena parte de los 75 disidentes enviados a prisión en la primavera de 2003, según se desprende de las discusiones previas a la sesión ordinaria de la Asamblea Nacional del Poder Popular.

De acuerdo con el diario oficial Granma, la Comisión de Relaciones Internacionales de la Asamblea analizó la reciente decisión del senador demócrata estadounidense John Kerry de desbloquear 20 millones de dólares destinados a programas para promover la democracia en Cuba.

La Comisión decidió enviar a la de Asuntos Constitucionales y Jurídicos la propuesta de analizar "las medidas contenidas en la Ley 88, de Protección de la Independencia Nacional y la Economía de Cuba", popularmente conocida como "Mordaza" y que establece penas de hasta 20 años de cárcel, para "enfrentar resueltamente este acto (…) bajo el supremo concepto de que nada que atente contra la soberanía nacional puede quedar impune".

Según Granma, órgano del Partido Comunista, los diputados consideraron que los fondos servirán para "financiar a quienes sirven en el país a una potencia extranjera".

"Un ciudadano estadounidense iría a prisión si recibe dinero del Gobierno cubano para cualquier fin, aunque sea humanitario, así lo estipulan las regulaciones federales de Estados Unidos. ¿Por qué admitir entonces que naturales cubanos adquieran sumas importantes aprobadas por el Congreso norteamericano, nada menos que para subvertir el orden interno en Cuba?", preguntó la Comisión de Exteriores, dijo Granma.

Esta semana, Kerry, presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado estadounidense, decidió levantar su veto a los fondos destinados a programas para Cuba, después de que el Gobierno de Barack Obama aceptara revisar su efectividad para promover los derechos humanos y las libertades básicas.

Los fondos aún enfrentan el bloqueo del senador demócrata Patrick Leahy.

En 2003, el Gobierno cubano condenó a penas de hasta 28 años a 75 disidentes, activistas de derechos humanos, periodistas y bibliotecarios independientes —hoy excarcelados y en su mayoría en el destierro— a los que acusó de recibir dinero de Estados Unidos para subvertir la revolución. Muchos de ellos fueron juzgados bajo la Ley 88.

Kerry libera los fondos para promover la democracia en Cuba

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