viernes, mayo 14, 2021

Julio M. Shiling sobre el juez de la Corte Suprema Clarence Thomas, los portadores comunes y la regulación de las Big Tech

#ClarenceThomas #PragerU #Español

Juez Clarence Thomas


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Tomado de https://elamerican.com/

El juez Clarence Thomas, los portadores comunes y la regulación de las Big Tech

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La hoja de ruta para preservar la libertad de Estados Unidos ha recibido un enorme impulso

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Por Julio M. Shiling

05.11.21

[Leer en Inglés]

Un caso reciente ante el Tribunal Supremo de los Estados Unidos (SCOTUS), Biden vs. Knight First Amendment Institute, no supuso una victoria legal directa para el apelado. El caso fue devuelto a un tribunal inferior con instrucciones del SCOTUS de desestimar el caso como mudo, lo que significa que ya no es una controversia viva. Sin embargo, el juez Clarence Thomas emitió una opinión en ese caso el 5 de mayo que puede señalar el camino hacia una solución definitiva para remediar la censura de las Big Tech.

La demanda interpuesta por The Knight First Amendment Institute, un defensor digital de la libertad de expresión, que se inició en 2017 y que tenía que ver con el bloqueo de comentarios críticos de su cuenta de Twitter por parte del entonces presidente Donald J. Trump, ha sacado a la luz una cuestión de lo más acuciante que supera con creces los factores iniciales de la demanda. Twitter, Facebook y Google (Big Tech) están censurando la libertad de expresión, concretamente la política, la científica y la religiosa. La práctica intolerante de la “desplataforma” de las principales redes sociales ha supuesto un reto para los políticos sobre la mejor manera de hacer frente a esta peligrosísima amenaza para una sociedad libre. 

Para Clarence Thomas: es inédito el control concentrado

Thomas ofreció, en su erudito pronóstico jurídico de doce páginas, una asombrosa afirmación del inmenso poder que poseen las grandes tecnologías y sugirió los peligros que esto supone para la libertad. El único miembro negro del SCOTUS, nombrado por el presidente republicano George H. W. Bush, hizo gala de una apreciación óptima de la situación cuando escribió: “Las plataformas digitales de hoy en día proporcionan vías para cantidades de expresión sin precedentes en la historia, incluida la expresión de los actores gubernamentales. Sin embargo, también es inédito el control concentrado de tanta expresión en manos de unos pocos particulares”. Clarence Thomas da en el clavo

Para descartar cualquier duda de que la cuestión de la supresión del discurso de las Big Tech es una preocupación fundamental para el juez asociado, Thomas añadió: “Pronto no tendremos más remedio que abordar cómo se aplican nuestras doctrinas jurídicas a infraestructuras de información altamente concentradas y de propiedad privada, como las plataformas digitales… ambas empresas son públicas, [pero] una persona controla Facebook (Mark Zuckerberg), y sólo dos controlan Google (Larry Page y Sergey Brin)”.

Cuando uno toma nota de que existe una sincronización ideológica entre la oligarquía que compone la Big Tech y de que ese poder sin control anula la premisa de la firma de los Padres Fundadores de construir un sistema político con frenos y contrapesos inherentes para evitar la tiranía, la primacía de abordar este desafío a la república está bien fundada.

Existen numerosas formas de abordar la regulación y/o el control de la medida en que estos gigantes de las redes sociales pueden determinar la expresión pública permitida y, en última instancia, la política. Enmendar la Sección 230 exclusivamente es una alternativa. Los críticos de este enfoque señalan lo engorroso de esta vía y los posibles problemas de asfixia de la empresa privada y la expresión. En el Congreso se han presentado otras opciones. 

Otra legislación que pretende limitar el poder de las grandes tecnológicas es el Acto de Libre Expresión del Siglo 21, presentada por el senador Bill Hagerty (R-Tn). Además de derogar por completo la Sección 230, este ofrece un remedio para el vacío que esto dejaría. La solución consistiría en tratar a estas potencias de las redes sociales como “portadores comunes”. Este fue el camino que el juez Clarence Thomas señaló como el mejor remedio para el problema. 

La ley americana entiende que un portador común es una entidad privada o pública que transporta bienes, personas o mensajes de un lugar a otro a cambio de una tarifa. Muchas empresas se clasifican como portadores comunes. Entre ellas se encuentran los servicios de taxi, las empresas de camiones, los servicios de transporte de mercancías por ferrocarril, los servicios de recogida de basuras, los mensajeros, las empresas de servicios públicos, los servicios de remolque de vehículos y los servicios de transporte aéreo de mercancías y pasajeros.

La clave para incluir a los conglomerados de medios sociales en la categoría de portadores comunes es su capacidad funcional como transmisores de la comunicación, como la tarea que realizan las compañías telefónicas y telegráficas. 

En otras palabras, la libertad de expresión estaría protegida de forma innata porque los portadores comunes no poseen una política propia de derechos de expresión (“normas comunitarias”). La discriminación de la expresión está legalmente prohibida bajo la definición de portadores común.  

El miembro más silencioso del SCOTUS, una vez más, ha prestado un gran servicio al país. Al ofrecer su opinión estelar en este reciente caso silenciado, la hoja de ruta para preservar la libertad de Estados Unidos ha recibido un enorme impulso ¡Gracias, juez Thomas!

El senador Josh Hawley (R-Mo) ha presentado el Acto Romper las Big Tech. Este proyecto de ley pretende ordenar la disolución de empresas como Amazon, Google, dado su dominio global del mercado de alojamiento en línea, servicios en la nube y así como de los bienes al por menor que son monopolios paralelos. Esto, en efecto, requeriría el armamento de la aplicación de la ley antimonopolio. Los críticos también de esta vía consideran que puede haber formas de eludir las políticas de propósitos de monopolización mediante la ruptura de estas empresas en filiales de facto.    

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CORTE SUPREMA DE LOS  EE.UU. 






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