domingo, febrero 02, 2025

Video: ¿Es cierto que cubanos que entraron por Parole Humanitario o CBP ONE no pueden aplicar al Ajuste Cubano?

Daniel Benitez News

Febrero 1, 2025

¿Es cierto que cubanos que entraron por Parole Humanitario o CBP no pueden aplicar al Ajuste Cubano?


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Nota del Bloguista de Baracutey Cubano 


La Ley de Ajuste Cubano tenía el propósito de legalizar la situación de más de medio millón de cubanos que habían ya escapado hacia Estados Unidos a partir del triunfo de la Revolución huyendo de sus leyes o mandatos comunistas y de la represión de la flamante tiranía; represión que puede ser ejemplificada no sólo por los miles de fusilados y sancionados a prisión por los Tribunales revolucionarios o de los Tribunales de los delitos Contra la Seguridad del Estado, entre los que se encontraba la figura de salida ilegal del país. La represión también puede ser ejemplificada con la creación de la UMAP, la calificación de apáticos a aquellos que no deseaban ser integrantes de las Milicias Nacionales Revolucionarias o de integrarse a los sindicatos de la oficialista Central de Trabajadores de Cuba o militar en los Cómtés de Defensa de la Revolución o CDR y todo lo que con ello conllevaba al estar bajo el ojo y oido de la Seguridad del Estado, la cual tienen, aún hasta el día de hoy, a un asignado oficial que ¨atiende¨ en todos los centros de trabajo del país, así como a las diferentes zonas de los pueblos, barrios y ciudades del país y a las redes de agentes, chivatos y colaboradores que hay en cada uno de esos lugares.

La Ley de Ajuste Cubano está concebida para los inmigrantescubanos que ya se encuentran en territorio estadounidense y que al llegar a los EE.UU. han sido INSPECCIONADOS Y ADMITIDOS, ya fuera por oficiales de de Inmigración o mediante un juez en una Corte, y que durante un año y un día no han tenido problemas serios con la Justicia en los EE.UU.. Tiene sus antecedentes en algunas leyes anteriormente promulgadas para aquellos que huían del comunismo en algunos países de Europa. La Residencia Permanente no se da de manera automática; si se cumplen esos requisitos sólo se es elegible para obtener la Residencia Permanente por esa ley

Dada la brevedad de La ley de Ajuste Cubano, ella en varias ocasiones ha tenido varias aclaraciones. Una de ellas, por ejemplo, es que los hijos menores de los nacidos en Cuba también son elegibles para recibir la Residencia Permanente mediante la Ley de Ajuste Cubano aunque hayan nacido fuera de la República de Cuba. Otra aclaración es que aunqueun nacido en Cuba tenga otras nacionalidades o ciudadanías, también es elegible para la Residencia Permanente en los EE.UU..



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Tomado de Tomado de http://cafefuerte.com


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Documento: Ley de Ajuste Cubano/1966
LP. 89-732 LEYES DEL 89 CONGRESO – 2a SESION Nov. 2/65

REFUGIADOS CUBANOS – AJUSTE DE ESTATUS

Ley pública 89-732; 80 STAT. 1161
(HR. 15183)

(Promulgada November 2, 1966, y Enmendada por Pub. L. 94-571, Sec. 8, Oct. 20, 1976, 90 Stat. 2706; Pub. L. 96-212. Title II. Sec. 203 (i) Mar. 17, 1980, 94 Stat. 108)

Ley para ajustar el estatus de los refugiados cubanos a la de residentes permanentes legales de Estados Unidos, y para otros fines.

Que se promulgue por el Senado y la Cámara de Representantes de Estados Unidos de América reunidos en Congreso, QUE:

Sin prejuicio de lo establecido en la sección 245 (c) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, el estatus de cualquier extranjero nativo o ciudadano cubano o que haya sido inspeccionado y admitido o puesto bajo palabra (parolee) en Estados Unidos después del 1ro. de enero de 1959 y que haya estado presente físicamente en Estados Unidos al menos durante un año, puede ser ajustado por el Fiscal General, a su discreción y conforme a las regulaciones que pueda prescribir, a la de extranjero admitido legalmente para residir permanentemente, si el extranjero hace una solicitud de dicho ajuste, y el extranjero es elegible para recibir una visa de inmigrante y es admisible en Estados Unidos para residir permanentemente.

Al aprobarse dicha solicitud de ajuste del estatus, el Fiscal General creará un registro de la admisión del extranjero para residir permanente con una fecha treinta meses anterior a la presentación de dicha solicitud o la fecha de su último arribo a Estados Unidos, sea cual sea la fecha posterior. Las disposiciones de esta Ley serán aplicables al cónyuge e hijo de cualquier extranjero descrito en esta subsección, independientemente de su ciudadanía y lugar de nacimiento, que residan con dicho extranjero en Estados Unidos.

SEC. 2. En el caso de cualquier extranjero descrito en la sección 1 de esta Ley que, con anterioridad a la fecha efectiva de la misma, haya sido admitido legalmente en Estados Unidos para residir permanentemente, el Fiscal General registrará, bajo solicitud, su admisión para residir permanentemente con la fecha en que el extranjero arribó originalmente a Estados Unidos como no inmigrante o bajo palabra (parolee) o una fecha treinta meses con anterioridad a la promulgación de esta Ley, cual fuere la fecha posterior.

SEC. 3. La sección 13 de la Ley intitulada “Ley para enmendar la Ley de Inmigración y Nacionalidad, y para otros fines” aprobada el 3 de octubre de 1965 (Ley Pública 89-236), -con enmienda de las subsecciones (b) y (c) de esta sección- queda corregida mediante la adición al final de la misma de la subsección siguiente:

“(c) Nada de lo incluido en la subsección (b) de esta sección (enmendando la subsección (c) de esta sección) se interpretará como que afecta la validez de cualquier solicitud de ajuste según la sección 245 (esta sección) presentada ante el Fiscal General con anterioridad al 1ro. de diciembre de 1965, que hubiere sido válida en esa fecha; pero en lo tocante a todas esas solicitudes los estatutos o partes de los estatutos derogados o enmendados mediante esta Ley (Ley Pública 89-236), a menos que se establezca específicamente en ella lo contrario, continúan vigentes y en efecto”.

SEC. 4. A excepción de que se establezca específicamente lo contrario en esta Ley, las definiciones incluidas en la sección 101(a) y (b) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (sección 1101 (a), (b) de este Título) serán válidas en la Administración de esta Ley. Nada de lo incluido en esta Ley se interpretará como que deroga, enmienda, altera, modifica, afecta o restringe los poderes, deberes, funciones o autoridad del Fiscal General en la administración y ejecución de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (este capítulo) o cualquier otra ley relativa a la inmigración, nacionalidad o naturalización.

SEC. 5. La aprobación de una solicitud de estatus para el residente permanente legal en los Estados Unidos de acuerdo con las provisiones de la sección 1 de esta Ley, no requerirán del Secretario de Estado reducir el número de visas de cualquier tipo autorizadas en el caso de cualquier extranjero que esté físicamente presente en los Estados Unidos en o antes de la fecha en que entran en efecto las enmiendas de 1976 a la Ley de Inmigración y Nacionalidad (ver fecha efectiva de la Enmienda de 1976 citada antes).

Texto original en inglés:

CUBAN REFUGEES: ADJUSTMENT OF STATUS

Pub. L. 89-732, Nov 2, 1966, 80 Stat. 1161, as amended by Pub. L. 94-571, Sec. 8, Oct. 20, 1976, 90 Stat. 2706; Pub. L. 96-212. Title II. Sec. 203 (i) Mar. 17, 1980, 94 Stat. 108, provided:

“That, notwithstanding the provisions of section 245 (c) of the Inmigration and Nationality Act (subsecc. (c) of this section), the status of any alien who is a native or citizen of Cuba and who has been inspected and admitted or paroled into the United States subsequent to January 1st, 1959 and has been physically present in the United States for at least one year, may be adjusted by the Attorney General, in his discretion and under such regulations as he may prescribe, to that of an alien lawfully admitted for permanent residence if the alien makes an application for such adjustment, and the alien is eligible to receive an immigrant visa and is admissible to the United States for permanent residence.

Upon approval of such an application for adjustment of status, the Attorney General shall create a record of the alien´s admission for permanent residence as for a date thirty months prior to the filing of such an application or the date of his last arrival into the United Sates , whichever date is later. The provisions of this Act shall be applicable to the spouse and child of any alien described in this subsection, regardless of their citizenship and place of birth, who are residing with such an alien in the United States.

SEC. 2. In the case of any alien described in section 1 of this Act who prior to the effective date thereof (Nov. 2, 1966) has been lawfully admitted into the United Sates for permanent residence , the Attorney general shall, upon application, record his admission for permanent residence as of the date the alien originally arrived in the United States as a nonimmigrant or as a parolee, or a date thirty months prior to the date of enactment of this Act (Nov 2, 1966), whichever date is later.

SEC. 3. Section 13 of the Act entitled “An Act to amend the Inmigration and Nationality Act, and for other purposes”, approved October 3, 1965 (Public Law 89-236) (amending subsecs. (b) and (c) of this section) is amended by adding at the end thereof the following new subsection:

“(c) Nothing contained in subsection (b) of this section (amending subsec. (c) of this section) shall be construed to affect the validity of any application for adjustment under section 245 (this section) filed with the Attorney General prior to december 1st, 1965, which would have been valid on that date; but as to all such applications the statutes or parts of statutes repealed or amended by this Act (Pub. L. 89-236) are, unless otherwise specifically provided therein, continued in force and effect”.

SEC. 4. Except as otherwise specifically provided in this Act, the definitions contained in section 101 (a) and (b) of the Immigration and Nationality Act (Section 1101 (a), (b) of this tittle) shall apply in the administration of this Act. Nothing contained in this Act shall be held to repeal, amend, alter, modify, affect, or restrict the powers, duties, functions, or authority of the Attorney General in the administration and enforcement of the Immigration and Nationality Act (this chapter) or any other law relating to immigration, nationality or naturalization.

SEC. 5. The approval of an aplication for adjustment of status to that of lawful permanent resident of the United States pursuant to the provisions of section 1 of this Act shall not require the Secretary of State to reduce the number of visas authorized to be issued in any class in the case of any alien who is physically present in the United States on or before the effective date of the Immigration and Nationality Act Amendments of 1976 (See Efective date of 1976 Amendment Note Above).

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Daniel Benitez News

Febrero 1, 2025

Parole Humanitario: ¿quiénes en peligro de ser deportados si administración TRUMP revoca paroles?


ÚLTIMA HORA: TRUMP Y NUEVAS MEDIDAS MIGRATORIAS| SITUACIÓN FRONTERA SUR Y CRUCES ILEGALES


PAROLE HUMANITARIO BUSCAN ELIMINAR ESTATUS DE QUIENES ENTRARON A USA MILES EN PELIGRO


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sábado, enero 25, 2025

Para INMIGRANTES con CBP ONE Y PAROLE: Marti Noticias y videos de Enero 24 del 2025 sobre Memorándum real y verídico del Departamento de Seguridad Nacional (DHS). Mensaje URGENTE para INMIGRANTES cubanos, venezolanos, nicas y beneficiarios de CBP ONE y PAROLE

 Tomado de https://www.martinoticias.com/

Los cubanos serían el grupo con menos riesgo, dicen abogados sobre deportaciones a casos de parole y CBP One

Por Mayle González Mirabal

Enero 24, 2025

Expertos consultados por Martí Noticias aseguran que los cubanos no serían los más afectados con esta medida. En cambio, los nicaragüenses, los venezolanos y haitianos que no calificaron para un TPS si podrían enfrentar un proceso de deportación acelerado.

Los migrantes que ingresaron a Estados Unidos durante la administración de Joe Biden y recibieron un parole podrían ser deportados de manera acelerada, según un documento del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas que se hizo público este viernes.

El memorándum del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por su siglas en inglés), firmado por el secretario interino Benjamine C. Huffman, se aplica a quienes entraron a través de la frontera entre Estados Unidos y México utilizando la aplicación CBP One y quienes llegaron a través del proceso de libertad condicional, conocido como parole humanitario, por el que se beneficiaron cientos de miles de ciudadanos de Nicaragua, Venezuela, Haití y Cuba.

Expertos consultados por Martí Noticias aseguran que los cubanos serían el grupo que corre menor riesgo. En cambio, los nicaragüenses, venezolanos y haitianos que no calificaron para un Estatus de Protección Temporal (TPS) si podrían enfrentar un proceso de deportación acelerado.

"Cualquier cubano que haya entrado al país y que no haya cometido un fraude en su aplicación es elegible a la Ley del Ajuste después de estar un año en los EEUU", dijo el abogado constitucionalista, Rafael Peñalver.

"Esto es un intento de la administración de decir: el hecho de que la administración anterior les haya dado a ustedes un parole no quiere decir que puedan quedarse. Mi consejo a cualquier persona que esté aquí es que aplique a un asilo político antes de que pase un año", apuntó.

La nueva normativa llega pocos días después de que el presidente Donald Trump emitiera una orden ejecutiva que suspendió el programa CBP One, que permitía a los migrantes agendar citas en la frontera, y pusiera fin al programa que ofrecía la libertad condicional a ciudadanos de Cuba, Nicaragua, Venezuela y Haití a través del parole humanitario.

El abogado de inmigración Wilfredo Allen dijo que no le preocupan los cubanos que entraron con parole humanitario porque "tienen la protección de la Ley de Ajuste, a la que pueden aplicar al año y un día".

"El ajuste cubano requiere una entrada y una inspección, no requiere que el parole dure el resto del tiempo. Cualquier cubano que entró con un parole, aunque sea revocado, no está impedido de obtener su residencia por el ajuste cubano", agregó.

Para el experto, "la única preocupación son los que tienen una orden de deportación, no se presentaron en corte y tampoco presentaron el asilo. Esos casos pueden estar en peligro. Aparte de eso, ningún cubano que entró con un parole humanitario o por CBP One tiene que preocuparse", dijo.

Durante la administración Biden el proceso de "deportación acelerada" se había aplicado a personas detenidas en los 14 días siguientes a su entrada al país y en un radio de 160 kilómetros de la frontera. Ahora se amplió a todo el territorio de Estados Unidos y se extendió a un plazo de dos años, según la orden.

No obstante, la abogada de inmigración Cindy Blandon comentó a nuestra redacción que todas las personas que llevan menos de dos años en Estados Unidos y tienen un parole corren riesgo de entrar a un procedimiento de deportación acelerada. "Pero para que haya un procedimiento de deportación acelerada te tienen que detener", dijo.

"Las personas tienen hasta un año desde su entrada a EEUU para aplicar a un asilo político", indicó.

Más de un millón de migrantes entraron a Estados Unidos durante la administración Biden a través de CBP One y el programa de parole humanitario. El pasado miércoles el grupo de derechos de los inmigrantes Make the Road New York presentó una demanda para intentar bloquear la expansión del proceso de deportación acelerada.

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Mario J. Pentón

24 de enero, 2025

Mensaje urgente para cubanos, venezolanos, nicas y beneficiarios de cbp y parole 


AmericaTeVe Miami

24 de enero, 2025

ABOGADO DE INMIGRACIÓN A INMIGRANTES CON PAROLE Y CBP ONE: ESTO ES SERIO PODRÍAN SER DEPORTADOS

(en este video  otro  abogado, que no es Willy Alen,  tamiza  las diferentes posibilidades según las diferentes nacionalidades, fechas, etc. . Nota del Bloguista de Baracutey Cubano) 




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