miércoles, septiembre 01, 2021

Dimas Castellanos desde Cuba: El Decreto-Ley 35: totalitarismo contra libertad de expresión

 
Tomado de https://diariodecuba.com/

El Decreto-Ley 35: totalitarismo contra libertad de expresión

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El debate y la opinión pública, al irrumpir en las redes sociales, han quebrado la espina dorsal del monopolio informativo establecido por el régimen en Cuba.

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Por Dimas Castellanos

La Habana

31 agosto 2021

El sueño totalitario de monopolizar el poder ha chocado en todas las épocas y lugares con un obstáculo insalvable: el control previo de las libertades, especialmente la de expresión. Los intentos en ese sentido han fracasado en todas las épocas y lugares por una razón sencilla: la fuente de la libertad de expresión radica en el interior de los seres humanos, un lugar inasequible a tales intenciones.

El Decreto-Ley 35 y sus normas acompañantes, anunciados por el Gobierno cubano el pasado 17 de agosto, constituyen un nuevo intento de ese fracasado propósito, cuyo objetivo consiste en que los proveedores de telecomunicaciones (internet, servicios telefónicos y aplicaciones online), interrumpan, suspendan o cancelen sus servicios cuando un usuario publique información "falsa", que afecte la "moralidad ", el "respeto al orden público" y que obliga a entregar a las autoridades gubernamentales las informaciones correspondientes para tal propósito. El incumplimiento de tales obligaciones por parte de los proveedores pueden ser penalizados con multas o perdidas  de sus licencias.

No se trata de ninguna novedad. Es la continuidad de una política institucionalizada para la restricción de la libertad de expresión que durante décadas se ha practicado contra los que han hecho uso de la misma: disidentes, opositores, periodistas, activistas y artistas. Su fundamento está en las "Palabras a los intelectuales", pronunciadas por Fidel Castro en junio de 1961: "dentro de la revolución todo, contra la revolución ningún derecho". Lo que explica el por qué la inmensa red de prensa escrita, radial y televisiva que se conformó durante la República fue barrida y sustituida por los actuales medios oficiales.

Esa política, ahora extendida al ciberespacio, tiene entre sus manifestaciones previas al Decreto-Ley 370 de 2018, sobre "la informatización de la sociedad", dirigida a prohibir la difusión de cualquier información "contraria al interés social, la moral, las buenas costumbres y la integridad de las personas".

El Decreto-Ley 35 obliga a los usuarios de telecomunicaciones a impedir la difusión de "informes o noticias falsas" que afecten la "seguridad colectiva", el "bienestar general", la "moralidad pública" o "el respeto al orden público". Términos tan imprecisos como los empleados en el Decreto-Ley 370, la cual atenta contra los derechos humanos reconocidos internacionalmente; mucho más en un país como Cuba, donde el poder judicial está subordinado al Partido-Estado-Gobierno.

Por lo anterior, los llamados "incidentes de ciberseguridad", "difusión de "informes o noticias falsas" o el uso palabras censuradas como "conexión", "manifestación", "Psiphon", Díaz-Canel singao""dictadura", "protesta", "SOS-Cuba" y Patria y Vida", que estuvieron presentes antes, durante y después de las manifestaciones públicas del 11J, serán penalizadas con la nueva normativa, lo que permite al Gobierno restringir la libertad de expresión online y constituye una amenaza para la privacidad de los usuarios.

La resolución sobre "ciberseguridad", que implica mayor censura y vigilancia, guarda una estrecha similitud con legislaciones de países calificados de violadores de derechos humanos como Rusia, Nicaragua, Arabia Saudita y otros.

En Cuba, donde todas las instituciones están subordinadas al Partido-Estado-Gobierno, la información que los proveedores están obligados a entregar constituye un mecanismo de control sobre las personas. Lo que equivale, utilizando el lenguaje del salto de altura en el atletismo, a elevar la varilla. Es decir, una amenaza superior a la privacidad ya bastante limitada.

El argumento de que el contenido del Decreto-Ley 35 es similar al de muchos países con regímenes democráticos, soslaya una diferenciación determinante: en esos países la libertad de expresión es un derecho constitucional; mientras que en Cuba esa libertad está restringida para la defensa del socialismo y la construcción del comunismo.

Gracias a las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones, el debate y la opinión pública, al irrumpir en las redes sociales, han quebrado la espina dorsal del monopolio informativo establecido en Cuba. El Decreto-Ley 35 es el intento de hacer retroceder la historia para recuperar el monopolio perdido.

Una mirada a vuelo de pájaro a esos intentos nos remonta a la cadena de esfuerzos inútiles y dañinos a lo largo de nuestra historia nacional. Desde el ajusticiamiento de Eduardo Facciolo —primer mártir del periodismo cubano— en el Castillo de la Punta en septiembre de 1852 hasta los periodistas, opositores, artistas y artivistas que antes y después del 11J han sido reprimidos, encarcelados, condenados o sometidos en prisión domiciliaria sin haber sido juzgados por ningún tribunal.

A Facciolo lo ejecutó el Gobierno colonial español. A los luchadores de hoy los reprime el Gobierno cubano. A Facciolo, cuando la invención de la imprenta propició el surgimiento de publicaciones como La Voz del Pueblo Cubano. A los de hoy, cuando las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones propician la participación del pueblo en el debate y la conformación de la opinión pública. Ayer por fundar un periódico clandestino, hoy por romper el monopolio informativo del Partido-Estado-Gobierno.

Cualquier restricción a la libertad de expresión constituye un delito violatorio de la condición humana; mucho más cuando en el articulado de la Constitución vigente se declara a "la dignidad humana como valor supremo; refrenda el derecho al libre desarrollo de la personalidad"; y dice reconocer, respetar y garantizar "la libertad de pensamiento, conciencia y expresión". Libertades íntimamente vinculadas con la dignidad humana y por tanto, se somete exclusivamente a los poderes y las leyes adoptadas en un Estado de derecho, que no es el de Cuba.

Se trata pues, de un retroceso que ha ocasionado y está ocasionando un incalculable daño antropológico. La supresión o limitación de las libertades ciudadanas, con independencia de la razón que se esgrima y del inevitable daño antropológico que genere, termina en el fracaso. Así ha ocurrido a lo largo de la historia de la humanidad y así está ocurriendo hoy y así sucederá con el Decreto-Ley 35.

Las causas de las manifestaciones del 11J, que es la verdadera razón del Decreto-Ley 35, están dentro de Cuba. La penalización de la libertad de expresión es una medida defensiva que ataca las consecuencias y obvia las causas, por lo cual se repetirán mientras las mismas no sean resueltas, algo imposible tratando de amordazar el pensamiento y restringiendo la dignidad humana.

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sábado, agosto 21, 2021

Yoandy Izquierdo Toledo desde Cuba: Que la verdad nos haga libres

 
Tomado de https://www.facebook.com/

Que la verdad nos haga libres

Por  Yoandy Izquierdo Toledo

19 agosto, 2021

Decía Ortega y Gasset que “El porvenir representa en la vida humana el constante y absoluto peligro”. Dice un amigo mío, en un lenguaje más coloquial, que lo bueno que tiene “esto” es lo malo que se está poniendo. Aún sin saber hacia dónde podría moverse la situación del país, muchos analistas políticos consideran que las acciones que se vienen desarrollando como estrategia para paliar la crisis acelerada por la incidencia de la COVID-19, pero acumulada desde antaño, solo podrían conducir al cambio que Cuba necesita en materia económica y en cuanto a derechos y libertades. 

El estallido social del 11J, quiera o no reconocerlo el gobierno, no tiene un responsable único y absoluto. Internet y las redes sociales hoy convocan más que una pancarta o una marcha por las calles organizada desde la oficialidad, como sucedía en los tiempos en que yo era niño y no se usaba en Cuba ni el correo electrónico. Con el creciente uso de las tecnologías de la informática y las comunicaciones, tan ampliamente mencionadas por el gobierno, a la vez que se empodera una parte de él, el ciudadano de a pie también ha podido visibilizar su cotidianidad, y ello implica todas las facetas de la vida económica, política y social del país. Publicar una noticia verdadera, una opinión muy personal, o compartir una experiencia de vida, llega a alcanzar cientos de personas que se identifican, que comparten pensamiento, y se generan comunidades de intercambio de ideas, publicación de contenidos, y la dinámica de posts y seguidores. 

Cuando surgieron en Cuba las primeras plataformas digitales, las primeras revistas online (como fueron Vitral (1994-2007) y Convivencia (2008)), los blogs personales, algunos proyectos audiovisuales, sabíamos que éramos pioneros de algo más grande que luego se podría extender a cada persona que tuviera un dispositivo móvil o una computadora en sus manos, una conexión a internet -aunque fuera inestable- y el deseo y valor de contar historias verdaderas, ejercer periodismo de investigación, trabajar en el mundo de la cultura, generar foros de debate, trabajar en la formación ciudadana a través de cursos y espacios virtuales, entre otras múltiples iniciativas que ha propiciado el uso de la red de redes. La llama prendió, la difícil siembra (recuerdo la censura de siempre, las “presillas” a páginas para el acceso desde Cuba, el mecanismo de tuitear a ciegas a través de sms, etc.) rindió frutos, y tal parece que el cubano ha vivido siempre con internet, porque hoy constituye una potente herramienta para hacer perdurar la verdad que a veces se pretende ocultar. 

Internet y las redes sociales han devenido en el más grande espacio de libertad en un país totalitario, porque es una ventana al mundo, una puerta que se abre en medio de la oscuridad interior, un sitio donde puedes ser tú mismo al menos hasta que los policías cibernéticos comiencen su labor. La guerra en las redes sociales se ha desatado desde hace años, pero quizá se ha visto incrementada en los últimos tiempos porque ha ocurrido igual incremento del descontento social, ha aumentado la crisis y disminuido el miedo, cada vez es mayor el número de usuarios y se ha tomado conciencia de que el activismo digital o el protagonismo de las redes puede servir para sacar a flote la verdad, que es también una forma de sentirse libre, o con el deber cumplido de no mentir jamás. 

Estas verdades también las conoce el gobierno cubano. Es difícil ocultar millones de publicaciones, algunas en tiempo real, grabaciones de eventos de los más espeluznantes que podamos ver, publicaciones de gente seria que hace análisis y propone sin ataques ni descalificación. Entonces, ¿de qué forma intenta limitar el gobierno la libre expresión de sus ciudadanos? Por un lado, la Constitución de la República de Cuba, aprobada en 2019, en su Título V, sobre “Derechos, deberes y garantías”, Capítulo II de “Derechos” establece en sus artículos 54, 55 y 56 el derecho a la libertad de expresión, a la libertad de prensa, y a la libertad de reunión, manifestación y asociación, respectivamente. Por otro, el gobierno se blinda con leyes complementarias que contradicen a la ley de leyes, como el ya bastante criticado Decreto-Ley 35. Es la ambigüedad que caracteriza ciertas decisiones y procesos en Cuba, es la supuesta apertura que “atempera” la Constitución a los tiempos actuales, con el previo diseño de mecanismos de cierre posterior a través de decretos-leyes que tipifican delitos de varios niveles de peligrosidad. 

Como siempre, estamos hablando de un decreto-ley que sería aplicado bajo el libre arbitrio de un tribunal para vigilar el ciberespacio, un ejército de censores que deberán clasificar los contenidos, encasillar el “delito” y proponer las sanciones. Cuba no posee contratos de servicio con ninguna plataforma de redes sociales, más bien algunas redes sociales han censurado también las cuentas de personalidades del gobierno por, supuestamente, infringir las normas de seguridad y propiciar mensajes de odio. Entonces ahora se trata de un decreto-ley basado en la subjetividad, que sabemos que ya tiene blancos fijos y delitos predefinidos. 

Bajo la situación que vive el país por la crisis sanitaria, y de todo tipo, dedicarse a la ciberseguridad es alejarse de temas más cruciales como la salud y la alimentación con problemas reales agudizados. Pero a la vez, dedicarse a la ciberseguridad, es reconocer que las famosas TICs constituyen una herramienta útil y necesaria en los sistemas totalitarios, donde la persona es anulada para convertirla en masa, y donde una voz aislada, desprotegida y poco visibilizada resulta más fácil de silenciar y desaparecer. 

Por solo referirme al Anexo II del Decreto-Ley 35 que tipifica los incidentes de ciberseguridad y su nivel de peligrosidad, tenemos que se define como difusión dañina “la difusión a través de las infraestructuras, plataformas o servicios de telecomunicaciones/TIC, de contenidos que atentan contra los preceptos constitucionales, sociales y económicos del estado, incite a movilizaciones u otros actos que alteren el orden público; difundan mensajes que hacen apología a la violencia, accidentes de cualquier tipo que afecten la intimidad y dignidad de las personas”. Este delito está considerado de alto nivel de peligrosidad, y entra dentro de la categoría de daños éticos y sociales. 

Ahora me pregunto: 

1️⃣ ¿Contenidos que atentan contra los preceptos constitucionales? ¿Dónde queda la libertad de expresión contemplada en el Artículo 54 de la Constitución? Bien sabemos que en materia de censura cualquier texto, incluida la crítica propositiva, si no es del mismo y único color predominante, ha sido considerado por los censores como disenso abierto y explícito. 

2️⃣ ¿Incitación a movilizaciones u otros actos que alteren el orden público? Una manifestación pacífica fue reprimida con el ejército en las calles. Unos revolucionarios “confundidos” fueron aclarados con la orden de combate. Es cierto, es de alto nivel de peligrosidad hacer un llamamiento a la violencia, convocar al enfrentamiento entre hermanos, llamar “malnacidos” a otros compatriotas por pensar diferente. Eso sí constituye una verdadera apología a la violencia. Eso también altera la paz social, la convivencia pacífica, la amistad cívica y el orden ciudadano. 

3️⃣ ¿Accidentes de cualquier tipo que afecten la intimidad y dignidad de las personas? Pienso que si este Decreto-Ley tuviera carácter retroactivo, los responsables de todos los actos de repudio, de los fusilamientos mediáticos de las Razones de Cuba, los programas de la Mesa Redonda, los espacios policiales en el Noticiero Nacional de la Televisión Cubana, deberían ser analizados por atentar contra la dignidad de ciudadanos en pleno ejercicio de sus libertades fundamentales. ¿Significa que en lo adelante nunca más tendremos un cibernauta “asignado” para violar la intimidad, ni troles pagados para intentar dañar la dignidad humana? 

Me temo cuáles podrían ser las respuestas a estas preguntas, porque en el mismo código de ambigüedades cubanas parece que se habla de dos bandos siempre, como un eterno juego de niños: el hombre y el lobo, lo blanco y lo negro, la espina y la flor, los buenos y los malos. Y ya sabemos que, en nombre de los buenos, para atacar a los malos, no importa si se cometen las mismas acciones tipificadas como incidentes de alta peligrosidad. En esos casos pareciera que no constan como un daño ético; pero la moral no puede ser relativa, y un día no muy lejano, se cumplirán las palabras de mi amigo, que, traducidas a otro lenguaje, significan que no hay parto sin dolor, y que esta terrible hora de Cuba tendrá que dar a luz, irremediablemente, una criatura nueva llamada Patria en libertad. ¡Que la verdad nos siga haciendo cada vez más libres!

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