martes, junio 18, 2024

Dictadura de Cuba: Nueva Ley de Migración eliminará límite de estancia de 24 meses en el exterior y establece más limitaciones de entrada y salida del país para cubanos por razones de "Seguridad y Defensa Nacional".

Martí Noticias

21 de junio, 2024

Régimen cubano explica nueva ley de inmigración: será peor de lo que se pensaba

Mario J. Pentón

20 de junio. 2024

¿Cubanos podrán renunciar a la ciudadanía y entrar a Cuba con otro pasaporte?

 Mario J. Pentón

17 de junio, 2024

Nueva ley de emigración en Cuba podría eliminar el límite de estancia en el exterior por 24 meses


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Tomado  de https://www.cubanet.org/

Nueva Ley de Migración eliminará límite de estancia de 24 meses en el exterior

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También establece limitaciones de entrada y salida del país para cubanos por razones de "Seguridad y Defensa Nacional".

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CUBANET

17 de junio, 2024 

SAN LUIS POTOSÍ, México.- Un anteproyecto de la nueva Ley de Migración, publicado por la Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba, busca implementar cambios que pondrían fin a los límites de estancia de los cubanos en el exterior.

Según expone el documento legal relativo a los proyectos legislativos de Extranjería y de Migración, la ley suprimiría el tiempo de estancia de 24 meses en el exterior y la designación de migrante por esta razón, “a partir de la nueva definición de residencia efectiva migratoria”.

El proyecto de ley busca regular el proceso migratorio cubano para alcanzar una “migración regular, ordenada y segura”, en medio de la severa crisis migratoria que atraviesa el país.

De acuerdo con el texto, el objetivo principal es ofrecer soluciones migratorias que coadyuvan a la inserción de los cubanos en el nuevo modelo económico.

Según la propuesta de ley, los cubanos, cuando estén en el territorio nacional, recibirán un tratamiento “similar al de los cubanos residentes, excepto en aquellos aspectos que la Ley establece otro”.

Al suprimir el tiempo de estancia límite de 24 meses en el exterior y en consecuencia, de la desginación de migrante por esa razón, se introduce la definición de “residencia efectiva migratoria”.

Esta se describe como “la condición que alcanzan los ciudadanos cubanos y los extranjeros residentes, cuando permanecen durante cada año calendario, anterior a la fecha en que se certifica, la mayor parte de su tiempo en el territorio nacional, o mediante una combinación de un período de permanencia y otras evidencias materiales que demuestren arraigo en el país”.

Regulaciones sobre la entrada

Respecto a las entradas y salidas del país, el anteproyecto de ley ratifica que se debe tener un pasaporte válido o documento equivalente expedido a nombre del titular de viaje, el carnet de identidad o una tarjeta de menor como residente temporal, permanente, humanitario o provisional.

Los extranjeros no residentes en el país, por su parte, deben tramitar una visa de entrada, a excepción de aquellos ciudadanos de países con los que exista un convenio de exención de este documento con el Ministerio de Relaciones Exteriores.

En el texto se puntualiza que para su entrada en el territorio nacional puede resultar inadmisible una persona con antecedentes vinculados a actividades de terrorismo, trata de persona y tráfico ilícito de migrantes, de drogas, lavado de activos o tenencia o portación ilegal de armas, además de otros actos que sean condenados a nivel internacional.

También será limitada la entrada al país a cubanos cuando por “interés de garantizar la Defensa, Seguridad Nacional o el Orden Interior”; “medidas dirigidas a combatir o impedir la propagación de epidemias”; “orden o interés público”; entre otras que conlleven un estado de emergencia o que puedan perjudicar a la población, refiere el documento.

A su vez, señala que estas medidas le serán informadas al ciudadano cubano cuando estén en el territorio  nacional, a su arribo al país o “por otros medios apropiados.”

Limitaciones de salida

No podrán salir del país, según la legislación del régimen, quienes estén sujetos a proceso penal o de cualquier otra materia, siempre que las autoridades hayan dispuesto la medida cautelar de prohibición del territorio nacional.

Tampoco podrán hacerlo los que tengan pendiente el cumplimiento de una sanción penal en la que la prohibición de salida del país sea una sanción accesoria; quienes estén sujetos a las prestaciones del Servicio Militar Obligatorio; “cuando razones de Seguridad y Defensa Nacional así lo aconsejen”; quienes tengan obligaciones con el estado cubano o responsabilidad civil, siempre que hayan sido dispuestas por las autoridades correspondientes, entre otras.

La Asamblea Nacional del Poder Popular incluyó en su página oficial el texto de este y de la Ley de Extranjería e insertaron los correos electrónicos mediante los cuales los interesados podrán enviar criterios y sugerencias: comunicacion@anpp.gob.cu y leyesdiie@rem.cu.

El pasado año, Laura Pujol, subdirectora general de Asuntos Consulares y Atención a Cubanos Residentes en el Exterior de la Cancillería, indicó que la normativa traerá “muchísimos cambios que van a estar atemperados con la nueva Constitución”.

“No puede haber el más mínimo pensamiento de que esas leyes van a venir para crear un retroceso en la relación con la emigración. Todo lo contrario. Esas leyes, como todo lo que se ha venido haciendo, van a venir para dar un paso más hacia adelante en esos vínculos”, dijo.

La funcionaria  aseguró que la política de las autoridades de la Isla con respecto a los cubanos que residen en el extranjero “ha sido siempre la de dar pasos en el abrazar, pasos en el recibir, pasos en el sanar, pasos hacia el estrechamiento de los vínculos”.

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Daniel Benitez News

17 de junio, 2024

Nueva ley migratoria en Cuba, cubanos podrán renunciar a ciudadanía y más reformas



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viernes, diciembre 16, 2022

.Cuba. La dictadura prorroga la exención de aranceles a medicamentos, comida y aseo; seguirán estando libre de cargas hasta finales de junio de 2023.

 
Tomado de https://diariodecuba.com/c

Sin solución para la escasez en Cuba, el Gobierno prorroga la exención de aranceles a medicamentos, comida y aseo

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La entrada de productos de primera necesidad a Cuba seguirá estando libre de cargas hasta finales de junio de 2023.

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DDC

La Habana

16 diciembre 2022

A falta de una solución a la escasez generalizada que impera en Cuba, el Gobierno extendió la exención de aranceles a la importación de medicamentos, alimentos y aseo, que ahora estará vigente hasta el 30 de junio de 2023, informó el Ministerio de Finanzas y Precios, que culpa de la crisis de desabastecimiento al embargo de Estados Unidos y a la situación económica internacional.

La nota oficial, replicada por la oficial Agencia Cubana de Noticias, menciona la persistencia de "limitaciones en las ofertas de alimentos y otros productos en el mercado nacional, como efecto del recrudecimiento" del embargo y también se refiere al "agravamiento de las crisis económica mundial y multidimensional, que ha derivado en el crecimiento de los precios internacionales de las mercancías necesarias para la satisfacción de las necesidades de la población y el desarrollo económico y social del país".

Los "beneficios arancelarios" fueron aprobados con carácter temporal mediante la Resolución 309, del 15 de julio de 2021, y corresponden a la exención de "pago del Impuesto Aduanero por la importación sin carácter comercial de alimentos, aseo y medicamentos, por la vía de pasajeros como equipaje acompañado". Se ha venido extendiendo en varias ocasiones en dos años.

Según el texto oficial, "en consecuencia con lo anterior, se extiende el beneficio de importar estos productos sin límites en el valor y cantidades".

En esta ocasión, la medida se implementa mediante la Resolución 298 de 9 de diciembre de 2022, del Ministerio de Finanzas y Precios, publicada en la Gaceta Oficial 83 Extraordinaria del 15 de diciembre de 2022.

"En relación con los beneficios arancelarios con carácter temporal dispuestos mediante las resoluciones 318 y 321 de julio de 2021 del Ministerio de Finanzas y Precios, que vencen el próximo 31 de diciembre, sobre la exención del pago de aranceles por las importaciones de productos alimenticios y de aseo personal y del hogar, por las entidades estatales y asociaciones económicas internacionales; así como de insumos y materias primas con destino a las formas de gestión no estatales para el ejercicio de sus actividades, la referida Resolución 298 de 2022 concede una extensión de estos beneficios a las importaciones que se realicen en el 2023, siempre que las mercancías hayan sido embarcadas en origen hasta el 31 de diciembre del presente año", agrega la información.

O sea, para las mercancías encargadas por el sector privado, que se embarquen a partir del 1 de enero próximo, acaban los beneficios, lo que el Gobierno justifica "como parte de la recuperación gradual de la economía y el objetivo de lograr la estabilización de los indicadores macroeconómicos, entre los que se encuentra la reducción del déficit fiscal". 

En ese sentido, el Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) advierte que "es necesario maximizar los ingresos tributarios en correspondencia con las actividades y hechos imponibles en los que se incurren". 

"Los beneficios arancelarios a la importación de productos, materias primas e insumos para determinadas actividades productivas y de servicios se emitirán puntualmente por el MFP, previa solicitud y fundamentación de las entidades importadoras o que prestan servicios de importación, tomando en cuenta los beneficios que reporten a la economía nacional y a la población, y según el procedimiento establecido a tales efectos", concluye.

Lo que se puede entrar a Cuba como equipaje acompañante y sin aranceles

Aunque originalmente las autoridades de la Isla anunciaron la aprobación del envío de medicamentos sin aranceles, decidieron extender este permiso a otros insumos médicos como dispositivos de diagnóstico para análisis y biosensores, mascarillas sanitarias desechables, máscaras para administrar oxígeno, hojas y mangos de bisturí, guantes, jeringuillas y culeros desechables de adultos.

También se podrán importar productos como jabón, detergente y preparaciones para higiene bucal, en el rubro destinado al aseo.

Dentro de la categoría de alimentos se autorizó la importación de bebidas no alcohólicas y cerveza, pero no sucede lo mismo con el ron y el resto de bebidas alcohólicas.

En enero de este año el Centro Nacional de Sanidad Animal (CENASA) del Ministerio de la Agricultura (MINAG) actualizó el listado de los alimentos de origen animal para el consumo humano que se pueden importar o no a Cuba por viajeros y personas naturales. 

Con prohibiciones absolutas de importación está cualquier producto o subproducto de origen animal con huesos y la leche fluida y derivados lácteos en general no pasteurizados, según la página del MINAG.

A Cuba tampoco se pueden llevar las "carnes frescas, congeladas, deshidratadas o saladas, con o sin huesos; vísceras comestibles; productos cárnicos semielaborados y productos semicocidos".

No está permitida la entrada a la Isla de hamburguesas, picadillos, albóndigas, conformados como palitos de carne, nuggets y otros productos empanados; chorizos crudos, salamis, pastas para untar, jamón crudo, salchichones y tocinetas crudos, fermentados, sobreasada, peperoni, cervelat y otros productos crudos fermentados.

Los productos de origen animal que sí se pueden importar a Cuba son "conservas cárnicas (enlatadas) de bovinos, porcinos y aves, debidamente identificadas y de marcas comerciales reconocidas, procedentes de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba: España, Portugal, Italia, Estados Unidos, Canadá, México, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Brasil, Argentina, Chile y Uruguay".

También pueden llevar conservas de productos del mar; leche fluida UHT, condensada, evaporada, y postres lácteos; leche en polvo, así como quesos maduros pasteurizados o elaborados a partir de leches  ultrapasteurizadas de cualquier área geográfica. 



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domingo, septiembre 18, 2022

Rafaela Cruz desde Cuba: Tira y afloja de la Aduana: el verdadero cerco a las familias cubanas nace en el Palacio de la Revolución. No importaron las calamidades del pueblo, el Gobierno solo cede cuando se asusta.

 
Nota del Bloguista de Baracutey Cubano

Dada cierta confusión que vi en la Internet  cundose anunció el permiso para particulares de la  importación de plantas electricas, diré que: El vatio (W) es la unidad de medida de la potencia eléctrica en el Sistema Internacional de Unidades, que equivale a la producción de 1 julio (jules) por segundo (1J/s). El vatio o Watt mide la velocidad a la que puede transformarse la energía. 

Quizás los confundidos  pensaban en los volts.

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Tomado de https://diariodecuba.com/

Tira y afloja de la Aduana: el verdadero cerco a las familias cubanas nace en el Palacio de la Revolución

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No importaron las calamidades del pueblo, el Gobierno solo cede cuando se asusta.

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Por Rafaela Cruz

La Habana

17 septiembre, 2022

La desvergüenza del castrismo es colosal. Lleva años culpando a Washington por el "bloqueo", cuando los tira y afloja de la Aduana nacional muestran claramente que el verdadero cerco a las familias cubanas nace en el Palacio de la Revolución.

Durante décadas, el régimen impidió toda comunicación con familiares que, al irse, se transformaban en "escoria". Recibir un mísero dólar de un "gusano" conducía a un calabozo. No fue hasta la crisis de los 90 cuando, codicioso, el castrismo comenzó a "normalizar" las relaciones entre las dos orillas, transformando retóricamente a los antiguos "traidores" en "comunitarios" primero, y en "emigrantes económicos" después, y legalizando conjuntamente la tenencia de unos dólares, que desde entonces son el foco de sus ansias.



La historia de la Aduana y la paquetería no acompañada ha ido en paralelo. Desde la proscripción total (verdadero bloqueo), se han ido relajando las medidas permitiendo lleguen más alimentos, aseo o medicinas, siempre según la conveniencia del Gobierno, jamás según la necesidad del pueblo.

Sufrir más de un año la pandemia de coronavirus, con niveles de mortalidad entre los más altos del mundo, mientras la economía se desplomaba, no hizo que el castrismo aflojase su bloqueo aduanero; sin embargo, apenas cinco días después de lanzarse la gente a la calle el 11J de 2021, amenazando la estabilidad gubernamental, flexibilizó la importación de alimentos, aseo y medicamentos en equipajes acompañados. No importaron las calamidades del pueblo, el Gobierno solo cedió cuando se asustó.

Además, hubo que esperar hasta agosto de 2022, cuando se acumulaba más del 1.000% de inflación en la carne de cerdo y un 1.200% de sobreprecio en la leche en polvo —porque el yogurt de soya, único desayuno accesible a menores de 13 años, dejaron de distribuirlo—, para que el castrismo ajustase sus regulaciones sanitarias, permitiendo que los viajeros trajeran alimentos de origen animal y leche en polvo.

¿Y cuántos miles de horas sin electricidad han tenido que soportarse, en un verano tórrido e infecto de mosquitos y mortal dengue, para que recién en estos días el Gobierno autorizase la importación de plantas eléctricas superiores a 900 vatios?

La cronología —flexibilización del bloqueo aduanero siempre con dilatado retraso para la necesidad del pueblo— demuestra que el Gobierno es reticente a aflojar un cerco que le es necesario para desplumar a los "emigrantes económicos" en tiendas online donde una libra de pescado cuesta 21 dólares, o 2.000 dólares una planta eléctrica que no llega a 400 en Estados Unidos.

Lejos de su intención está aflojar en la Aduana para aplacar la miseria ciudadana. Primero, exprimen financieramente las calamidades y, luego, cuando parece que el pueblo está pronto a estallar de ira, le lanzan un hueso en forma de flexibilización aduanera o de paquetería no acompañada. Es un mecanismo diabólico probadamente eficaz.

Y no es poca cosa el alivio que significaría levantar totalmente el bloqueo castrista. Según reporte oficial, tras solo 25 días de estar vigente la Gaceta Oficial 45, con nuevas disposiciones para importar paquetería, lo recibido ya superaba en "un 23% lo procesado durante meses anteriores". Solo en la segunda quincena de agosto, vigente ya la norma, llegaron 60 contenedores con 410 toneladas que, se espera, sean 750 en septiembre, con misceláneas, alimentos y medicinas.

Tanto estiman que crezca el tráfico postal, que la estatal Correos de Cuba ha subcontratado 14 entidades privadas y varias empresas estatales (corrupción asegurada), para gestionar el volumen de mercancías esperado, y se apresta a invertir en la automatización del sistema.

Por supuesto, este es momento propicio para que se enriquezcan aún más aquellos empresarios "privados" afincados en el exterior, pero bien conectados con el castrismo, que tienen permitido tramitar paquetería en origen, como Hugo Cancio, fundador de OnCuba News, única agencia de periodismo "independiente" invitada a conferencias de prensa oficiales… nada que agregar.

En Cuba toda flexibilización aduanera es demostración de debilidad de un Gobierno que odia la paquetería porque disminuye la cantidad de dólares y euros remesados, ya que quienes mandan paquetes envían menos dinero, y las familias que reciben paquetes piden menos efectivo.

Para colmo, probablemente, la mayor parte de la paquetería termina en el mercado negro, alimentando un circuito comercial y cambiario paralelo, en divisas, que deja fuera al Gobierno y rompe el monopolio de las tiendas del castrismo, las MLC, Mallhabana o Supermarket 23, con sus precios de usura.

Si las autoridades cubanas están flexibilizando su bloqueo es porque calculan que la entrada de dólares que van a perder es compensada evitando el riesgo político de seguir asfixiando al pueblo… es momento para un hueso, están asustados.

Y aunque, a fin de cuentas, traer o enviar paquetes no resuelve el problema de la Isla, pues la libertad no se puede importar, SÍ es el método más efectivo para aliviar las miserias que en las familias provoca el castrismo, sin estar subsidiando al Gobierno con remesas desde Miami o Madrid. Aprovechen, envíen paquetes, no dinero.

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sábado, enero 22, 2022

Cuba. Si vas a Cuba, estos son los alimentos que puedes llevar: conservas, leche en polvo.... El Ministerio de la Agricultura actualiza también los productos de origen animal con 'prohibiciones absolutas de importación'.

 
Tomado de https://diariodecuba.com/

Si vas a Cuba, estos son los alimentos que puedes llevar: conservas, leche en polvo...

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El Ministerio de la Agricultura actualiza también los productos de origen animal con 'prohibiciones absolutas de importación'.

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DDC

La Habana

21 enero 2022

El Centro Nacional de Sanidad Animal (CENASA) del Ministerio de la Agricultura (MINAG) actualizó el listado de los alimentos de origen animal para el consumo humano que se pueden importar o no a Cuba por viajeros y personas naturales. 

Si vas a viajar a Cuba, hay una serie de alimentos con prohibiciones absolutas de importación, entre ellos cualquier producto o subproducto de origen animal con huesos y la leche fluida y derivados lácteos en general no pasteurizados, según la página del MINAG.

A Cuba tampoco se pueden llevar las "carnes frescas, congeladas, deshidratadas o saladas, con o sin huesos; vísceras comestibles; productos cárnicos semielaborados y productos semicocidos".

La listada detalla que no está permitida la entrada a la Isla de hamburguesas; picadillos; albóndigas; conformados como palitos de carne, nuggets y otros productos empanados; chorizos crudos; salamis; pastas untables; jamón crudo, salchichones y tocinetas crudos, fermentados, sobreasada, peperoni, cervelat y otros productos crudos fermentados.

Los productos de origen animal que sí se pueden importar a Cuba son "conservas cárnicas (enlatadas) de bovinos, porcinos y aves, debidamente identificadas y de marcas comerciales reconocidas, procedentes de los países que por su situación zoosanitaria actual y acuerdos establecidos entre Servicios Veterinarios Oficiales son elegibles para Cuba: España, Portugal, Italia, Estados Unidos, Canadá, México, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Brasil, Argentina, Chile y Uruguay".

También pueden llevar conservas de productos del mar; leche fluida UHT, condensada, evaporada, y postres lácteos; leche en polvo, así como quesos maduros pasteurizados o elaborados a partir de leches ultrapasteurizadas de cualquier área geográfica. 

Por su parte, se autoriza con carácter temporal la importación de embutidos procedentes de los países con acuerdos con la Isla: España, Portugal, Italia, Estados Unidos, Canadá, México, Panamá, Costa Rica, Nicaragua, Brasil, Argentina, Chile y Uruguay.

El CENASA aclaró que "estas facilidades y la lista de países elegibles, pudieran modificarse en relación con cambios en la situación zoosanitaria de los países de origen (aquellos donde se produce el alimento y está reflejado en la etiqueta del producto), pudiendo estar sometidas a constantes cambios, los que serán actualizados sistemáticamente en la página web del Ministerio de la Agricultura".

"Todos los productos arribarán envasados íntegramente, de marcas reconocidas y debidamente etiquetados, sin rotura en el embalaje. Aquellos productos cuyo embalaje sufra alguna rotura o deterioro que pudiera convertirse en vehiculizador de agentes etiológicos causantes de enfermedades, serán decomisados e incinerados", puntualizó.

Las regulaciones están dirigidas a evitar la introducción de agentes biológicos que producen enfermedades perjudiciales a los animales domésticos, a la fauna silvestre y al hombre en el caso de las zoonosis. 

La normativa tiene en cuenta "la situación zoosanitaria de los países de origen, que puede ser diferente aún en una misma zona geográfica. Esta es la razón por la cual hasta el momento se han mantenido determinadas prohibiciones para la entrada al territorio nacional de alimentos, para el caso de viajeros que arriban desde diferentes países y regiones del mundo".

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martes, junio 15, 2021

Aduana General de la República de Cuba: Las importaciones no se podrán pagar en dólares estadounidenses en efectivo: los deberán ser abonados en las otras monedas aceptadas por el Banco Central de Cuba o por mediación de las tarjetas en divisas que operan en el país

 
Tomado de https://diariodecuba.com/

Las importaciones no se podrán pagar en dólares en efectivo, anuncia la Aduana de Cuba

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A partir del 21 de junio solo podrán usarse otras monedas extranjeras aceptadas en la Isla o tarjetas en divisas que operan en el país.

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DDC

La Habana

15 junio 2021

La Aduana General de la República anunció que a partir del 21 de junio venidero los viajeros que entren a Cuba no podrán pagar los aranceles y servicios que allí se cobran en dólares estadounidenses en efectivo.

Esta medida afecta las incontables importaciones que realizan los cubanos de la Isla y los emigrados, y que sostienen a numerosas familias en el país, así como la gestión informal de las llamadas "mulas", que realizan turismo de compras para alimentar la economía sumergida cubana.

En una nota publicada en su sitio oficial, la Aduana informó que la medida se adopta en consonancia con el anuncio realizado la pasada semana por el Banco Central de Cuba (BCC) de suspender la aceptación de la divisa estadounidense en efectivo como medio de pago en la red comercial y de servicios estatal de toda la Isla.

En lo adelante, "el pago de los aranceles y servicios de Aduana por concepto de importación en frontera (...) deberán ser abonados en las otras monedas aceptadas por el Banco Central de Cuba o por mediación de las tarjetas en divisas que operan en el país", señaló el anuncio.

La Aduana exhortó a los viajeros a que "de forma previsora tomen las medidas para cumplir con estas disposiciones y ejercer su derecho de importación ajustado a la legislación vigente".

La decisión afecta directamente a cientos de miles de emigrados cubanos residentes en Estados Unidos que viajan frecuentemente a la Isla para visitar a sus familiares y que los proveen de toda clase de productos que no se comercializan en Cuba o cuyos precios allí son mucho mayores.

La Aduana había establecido en 2012 tarifas de importación por una cantidad determinada de libras anuales, que los cubanos de la Isla podían pagar en pesos cubanos, pero los emigrados tenían que abonar en pesos convertibles (CUC). 

En el propio muro de Facebook de la Aduana, los cubanos reaccionaron con desacuerdo: "¡Dinerito por todos lados! Ya están raspando el ladrillo. Son una banda de ladrones. Entre esto y lo del aislamiento que habrá que pagar en la moneda del día (porque ya no saben cuál poner) no quedará ni un gato que irá a Cuba", apuntó Jorge Enrique Amador.

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jueves, diciembre 03, 2020

Desde Cuba: En las aduanas cubanas a la caza de las 'mulas' de mercancias y de dólares: un disparo contra el sector privado y el cubano de a pie


 Tomado de https://diariodecuba.com/

A la caza de las 'mulas': un disparo contra el sector privado y el cubano de a pie

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Así ven muchos habaneros la nueva resolución del Banco Central de Cuba, que permite a los funcionarios de Aduana decomisar dinero.

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Por Gerónimo García

La Habana 01 Dic 2020

"Está claro. El Gobierno no dará espacio para sobrevivir en Cuba, obligándonos siempre a jugar con sus límites", dijo Carlos Fonseca O'Farril, uno de los centenares de habaneros que se dedican al negocio de "mulas" y que temen a las nuevas disposiciones del Banco Central de Cuba sobre la entrada de divisas al país.

Las "mulas" son una de las vías que utilizan los emigrados cubanos, sobre todo en Estados Unidos, para mandar dinero a sus familiares en la Isla y garantizar que les llegue en dólares, no convertido por el Gobierno cubano en pesos convertibles o moneda nacional. Ese dinero es además elemento fundamental para la prosperidad de no pocos negocios privados en Cuba.

Con la reapertura del Aeropuerto Internacional José Martí, el pasado 15 de noviembre, y el parón en el envío de remesas a través de Western Union por las sanciones estadounidenses a FINCIMEX, empresa de los militares cubanos, muchos habían puesto sus esperanzas en las "mulas". La Resolución 124 del Banco Central de Cuba ha sido interpretada como una amenaza directa a estos envíos y otra señal de que el Gobierno pretende que todas las divisas que entren al país lo hagan a través de su sistema bancario y se queden en él.

"El problema del Gobierno no es que establezca leyes o regulaciones, sino que todas van encaminadas, de una manera u otra, a obstaculizar cualquier prosperidad del ciudadano cubano. Y toda la carga que genera el fracaso de encontrar variantes para sustituir las importaciones en el país descansa sobre las espaldas de los trabajadores, ya seamos estatales o privados", dijo Fonseca O'Farril, quien cambió su aspiración de establecer un negocio en la Isla por la de emigrar.

En la Resolución 124 del Banco Central de Cuba establece que cuando los funcionarios de la Aduana General de la República detecten "personas naturales que de manera reiterada importen o exporten moneda libremente convertible", y sospechen que se trata de "movimientos indebidos de capitales no relacionados con el flujo de viajeros, soliciten al pasajero información adicional sobre el origen o destino de los fondos" y lo reporten a la Dirección General de Investigación de Operaciones Financieras del Banco Central de Cuba.

También permite a la Aduana practicar decomisos, sin perjuicio de otras acciones civiles y penales.

La Resolución, sin embargo, no precisa qué se entiende por "manera reiterada". A esto se suma que la única forma de detectar entradas de dinero —aparte de un eventual registro— es mediante la Declaración de Aduana a la entrada al territorio nacional, solo exigible para sumas superiores a 5.000 Moneda Libremente Convertible (MLC). Por tanto, no es necesario declarar la extracción o entrada de sumas inferiores a esa cantidad.

Un punto destacable es la facultad otorgada a los funcionarios de la Aduana para determinar cuándo hay sospechas de "movimientos indebidos de capitales no relacionados con el flujo de viajeros". Esta facultad deja a discreción del agente de turno la decisión de decomisar.

Los viajeros considerados sospechosos podrán también ser sometidos a "acciones civiles y penales".

La práctica internacional exige como requisito previo para invadir la libertad y derechos de los viajeros, en caso de sospechas de delitos de lavado de activos, financiamiento al terrorismo, entre otros, no una presunción bajo la subjetividad de funcionarios aduanales, sino la acreditación de que la persona está siendo investigada por esos presuntos delitos.

La ambigüedad de la resolución ha hecho a muchos cubanos temer que esté dirigida a decomisar dinero trasladado por las "mulas".

"Deja muy poco espacio y limita las operaciones de las 'mulas' que, reconózcase o no, son vitales para el progreso del sector privado en Cuba", opinó Samantha Alemán García, quien después de dos días de cola pudo comprar un boleto aéreo para irse a Estados Unidos.

"Insistir en prosperar en Cuba es un desgaste mental", se quejó Alemán García. "En mi interpretación y en la de muchos esta ley apunta directamente a las 'mulas' y por consiguiente a todo el sector privado. No puedo vivir con ese temor diario".

"La historia ha demostrado que el Gobierno cubano vive alejado de la justicia, porque una cosa es decretar leyes y otra cosa bien distinta es que esas leyes se apliquen con justicia y no a discreción de un conjunto de funcionarios", advirtió Camila Fundora Cruz. "Más allá de ser legitima o no, esta Resolución es el tiro de gracia a las mulas, al sector privado y al cubano de a pie".

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viernes, agosto 23, 2019

Cuba. Prensa oficial de la tiranía que oprime a Cuba recuerda a los cubanos que está prohibido importar o exportar pesos convertibles (CUC) ya sea billetes o menudo


Prensa oficial en Cuba recuerda a los cubanos que está prohibido sacar CUC del país

Por Alejandro Martínez
Agosto 22, 2019


Aduana de Cuba y CUC

A raíz de un video que circula en las redes sociales donde un oficial de la Aduana de Cuba le decomisa a un cubano 70 CUC, la prensa oficial recordó que está prohibido sacar CUC del país.

«En la Resolución No. 18/2012 del Banco Central de Cuba (BCC) se prohíbe terminantemente la importación o exportación al país de pesos convertibles (CUC), en cualquiera de sus denominaciones.
Si en los chequeos en frontera se le detecta a algún pasajero, ya sea billetes o menudo en CUC, se le es decomisado.» dijo la nota publicada por la prensa oficial cubana.

«Muchos son los comentarios, algunos de aprobación y otros de inconformidad, pero no se hizo más que hacer cumplir lo establecido. Y recuerde amigo, el desconocimiento de la ley no le exonera de responsabilidad» continuó la nota.



«En la Resolución No. 18/2012 del Banco Central de Cuba (BCC) se prohíbe terminantemente la importación o exportación al país de pesos convertibles (CUC), en cualquiera de sus denominaciones.
Si en los chequeos en frontera se le detecta a algún pasajero, ya sea billetes o menudo en CUC, se le es decomisado.» dijo la nota publicada por la prensa oficial cubana.

«Muchos son los comentarios, algunos de aprobación y otros de inconformidad, pero no se hizo más que hacer cumplir lo establecido. Y recuerde amigo, el desconocimiento de la ley no le exonera de responsabilidad» continuó la nota.

Aquí les dejamos la nota completa:

En las redes sociales están circulando videos e imágenes sobre un incidente que se dio en el aeropuerto internacional Antonio Maceo de Santiago de Cuba, de un decomiso de 70 pesos convertibles que se le hiciera a un pasajero en el control aduanero de salida.

Muchos son los comentarios, algunos de aprobación y otros de inconformidad, pero no se hizo más que hacer cumplir lo establecido. Y recuerde amigo, el desconocimiento de la ley no le exonera de responsabilidad.

En la Resolución No. 18/2012 del Banco Central de Cuba (BCC) se prohíbe terminantemente la importación o exportación al país de pesos convertibles (CUC), en cualquiera de sus denominaciones.

Si en los chequeos en frontera se le detecta a algún pasajero, ya sea billetes o menudo en CUC, se le es decomisado.

Para más información les hacemos saber que según la misma Resolución del BCC “los ciudadanos cubanos domiciliados en el país y los ciudadanos extranjeros residentes permanentes en Cuba pueden exportar e importar a su salida o entrada al país, sumas que no excedan los dos mil pesos cubanos (CUP 2 000) de curso legal, en efectivo y en cualquier denominación”.

Asimismo, “la exportación e importación de piezas desmonetizadas y especímenes de pesos cubanos o pesos convertibles, con carácter numismático o patrimonial, están sometidas a las regulaciones específicas dictadas al efecto”.

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